Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 25 de Octubre de 2022, expediente COM 027087/2017/21

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

27087/2017/21 IDEAS DEL SUR S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/

INCIDENTE DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITO POR TEXTILES DEL

SUR S.A.

Buenos Aires, 25 de octubre de 2022.

  1. Las presentes actuaciones fueron elevadas -a través de un pase electrónico en el Sistema de Gestión Judicial Lex 100- a los fines de entender en el recurso deducido contra la regulación de honorarios de fs. 136.

  2. i) En cuanto a la base a considerar a los fines de establecer la retribución profesional, que no debe perderse de vista que lo pretendido fue la ejecución de ciertos estipendios regulados, lo cual conduce a concluir que,

    indudablemente, el monto económico comprometido no puede ser otro que la suma de esa retribución (conf. esta Sala, 14.12.21, “South Media Investments S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de autorización para enajenar acciones titularidad de la concursada en IGD S.A.”; 17.5.18, “Conorvial S.A.

    c/ Madero Harbour S.A. s/ ejecutivo”; 13.7.17, “Cots, L.E. c/ Estado Nacional s/ sumario s/ inc. de ejecución de honorarios por el Dr. Valverde” y 17.9.15, “Instituto de Alta Complejidad Oftalmológica c/ OSPLAD s/

    ordinario”).

    ii) El artículo 54 de la ley 27.423 refiere que “…la acción por cobro de honorarios, regulados judicialmente, tramitará por la vía de ejecución de sentencia”, lo cual conduce a la aplicación -por remisión- de los parámetros fijados en el art. 41 de ese cuerpo legal.

    Fecha de firma: 25/10/2022

    Así, las pautas regulatorias previstas para el juicio ejecutivo no pueden Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G., PROSECRETARIA DE CAMARA

    ser empleadas para remunerar labores desplegadas en el marco de la ejecución de honorarios y, por consiguiente, la retribución mínima establecida para aquel proceso tampoco resulta aplicable.

    N. además que el citado art. 58 enumera los distintos supuestos en los cuales resultan operativos los aranceles mínimos (procesos de conocimiento -10 UMA-, juicio ejecutivo -6 UMA-, procesos de mediación -2

    ...

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