Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 23 de Abril de 2018, expediente CFP 012099/1998/TO01/20/CFC009

Fecha de Resolución23 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 12099/1998/TO1/20/CFC9 Causa nº 1226/10, “C., R.J. y otros s/ administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”

-incidente de autorización para salir del país de S. de la Rúa-

TOCF n° 3 Registro nº 7971 Buenos Aires, 23 de abril de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. F.M.M.P. y J.F.R. dijeron:

  1. El abogado defensor de S. de la Rúa solicitó que se autorice a la nombrada a salir del territorio nacional desde el 19 de octubre al 9 de noviembre del corriente año.

    Sostuvo que una vez resuelto el pedido efectuará la reserva de los pasajes aéreos y el alojamiento, que serán informados previo a viajar.

    Requirió que se resuelva la petición en forma urgente, con el objeto de acudir, eventualmente, a la vía recursiva pertinente.

    Dejó efectuadas las reservas de casación y del caso federal (fs. 126).

  2. Corrida la vista pertinente, la señora fiscal general no se opuso a lo peticionado en razón de que la imputada fue autorizada con anterioridad a los mismos fines, siempre que no se requiera su presencia para la realización de algún acto procesal y aporte las constancias de pasajes y hospedaje (fs. 128).

  3. A raíz de las decisiones adoptadas por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal respecto del Fecha de firma: 23/04/2018 Alta en sistema: 02/05/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.F.S., SECRETARIO DE JUZGADO #30135111#203795430#20180502084848158 planteo de prescripción de la acción penal formulado en la presente –en cuanto revocó la resolución del Tribunal que lo había admitido, sobreseyendo a todos los imputados, y luego rechazó los recursos extraordinarios interpuestos por distintas defensas-, así como lo señalado en dicha ocasión, en punto a que el Tribunal debía continuar en forma inminente con la sustanciación del proceso, fijando debate a la brevedad, sostuvimos, en distintos incidentes de autorización para salir del país formados en autos, que debían rechazarse los pedidos en razón de que se había fijado fecha para la celebración de la audiencia preliminar regulada en la acordada n° 1/12 de esa Cámara, con el objeto de adoptar las medidas conducentes para acelerar el trámite de las actuaciones (Fallos: 294:131).

    Una vez cumplido dicho acto, rechazamos una nueva solicitud de egreso, en el entendimiento que no habían variado las circunstancias...

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