Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 23 de Octubre de 2019, expediente COM 092465/1998/2

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 92465/1998/2 – MASSUH S.A. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA DE MAQUINARIAS Juzgado N° 26 - Secretaría N° 51 Buenos Aires, 23 de octubre de 2019.

Y VISTOS:

  1. A. y tiénese presente lo informado por la Sra. Juez oficiante.

    En orden a ello y atento el estado de autos, se procede a revisar los emolumentos regulados a la sindicatura en virtud de los trabajos realizados en el presente incidente de venta.

  2. Es criterio de esta S. respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom., esta S., in re: "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/

    incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

    Por ello, considerando los parámetros utilizados por esta S. en los autos principales y evaluando la índole, calidad y extensión de los trabajos efectuados en este incidente, se reducen a dos millones setecientos treinta mil pesos ($ 2.730.000) los honorarios de la sindicatura a cargo del Estudio Palacio - Finocchio (arts. 218, 265 inc. 4, 267 y...

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