Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 10 de Abril de 2018, expediente COM 015052/2013/2/CA003

Fecha de Resolución10 de Abril de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación Incidente Nº 2 – PESQUERA MAYORAZGO S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO s/INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO DE ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE AGRICULT., GANADERIA Y PESCA Expediente N° 15052/2013/2/CA3 Juzgado N° 12 Secretaría N° 23 Buenos Aires, 10 de abril de 2018.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 482/489, por medio de la cual el Sr. juez de primera instancia rechazó la revisión promovida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Para decidir de ese modo, el a quo consideró que el pretensor carecía de legitimación para incoar el reclamo de marras.

  1. El recurso fue interpuesto por el revisionista a fs. 490 y se encuentra fundado con el memorial de fs. 492/497.

    El traslado fue contestado a fs. 499/500 y fs. 503/513 por la sindicatura y concursada respectivamente.

  2. El citado ministerio –por intermedio de su apoderado-, solicitó

    su inclusión al pasivo concursal de un crédito derivado de la falta de pago del “arancel del derecho único de extracción”; y de una multa por infracción del art.

    1. de la Res. 265/00.

    1. Respecto del primer rubro, cabe señalar que el art. 29 del Régimen Federal de Pesca estableció que el ejercicio de la pesca estará sujeto al pago de un derecho único de extracción que será establecido por el Consejo Federal Pesquero.

      En ese contexto, el referido consejo dispuso mediante resolución del 1 de abril de 2004 que: “Los titulares de permisos de pesca de buques habilitados para la pesca comercial deberán abonar un arancel, con carácter de derecho único de extracción…” (sic art. 1 resolución citada).

      Fecha de firma: 10/04/2018 Alta en sistema: 11/04/2018 Incidente Nº 2 - INCIDENTISTA: ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE AGRICULT., GANADERIA Y PESCA CONCURSADO:

      Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), PESQUERA MAYORAZGO SA s/INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO Expediente N° 15052/2013 #24246760#203171913#20180410104306390 Así, y frente al incumplimiento del pago de ese arancel, se emitió el correspondiente certificado de deuda contra la empresa concursada respecto del buque individualizado B/P UCHI Matrícula n° 01901 de su titularidad.

      De su lado, la deudora se deslindó de la responsabilidad que se le achacó, con sustento en que, a su entender, el sujeto imponible del arancel es el armador, y no su parte, quien en rigor, “…no ejerció ni ejerce la actividad pesquera…” (sic), sino que sólo se limitó a locar el buque de su propiedad.

      Ahora bien, ha sido sostenido por...

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