Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Mayo de 2019, expediente FSA 023240/2018/2/CA002

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 23240/2018/2/CA2 Salta, 9 de mayo de 2019.

Y VISTA:

Esta causa N° FSA 23240/2018/2/CA2 caratulada: “Incidente de Prisión domiciliaria de A.C.M.”, originaria del Juzgado Federal de Jujuy N° 2, y RESULTANDO 1) Que se elevan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 92/96 y vta. por el Defensor Oficial en contra del auto de fs. 86/88 por el que se denegó la prisión domiciliaria de C.M.A..

La defensa señala que la resolución resulta arbitraria ya que no valoró que la situación de la imputada se encuentra comprendida en las previsiones del art. 32 inc. a) de la ley 24.660 por padecer patologías crónicas (diabetes insulino dependiente y asma bronquial sumado a hemorragias intrauterinas)

que requieren atención médica permanente.

Agrega que tampoco se tuvo en cuenta el informe socio-ambiental que su parte presentó y verifica la situación menos gravosa de arraigo de la nombrada, ni se consideró

otro medio de cumplimiento de la prisión preventiva.

Ante esta Alzada el Defensor Oficial destaca el informe ambiental realizado por la Dirección de Asistencia de personas bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, de donde se desprende la constatación del domicilio aportado por A., y agrega que el hecho de que la nombrada haya sufrido problemas de violencia de Fecha de firma: 09/05/2019 Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: L.R.R.B. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #32686097#233906143#20190509083015446 género con su ex pareja no constituye un elemento condicionante para la concesión del beneficio (fs. 142 y vta.).

2) Que el F. General S. sostiene que debe rechazarse el recurso de apelación ya que de los informes médicos que obran en la causa surge que A. es asistida en el sistema penitenciario por su dolencia de forma periódica y que además se encuentra estable.

Destaca el informe elaborado por el Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica en el que se considera inconveniente la incorporación de la imputada a dicho sistema debido al historial de violencia de género, consumo de alcohol y uso de armas de fuego por parte de quien sería su pareja, al mismo tiempo que se sugiere el traslado de la interna a una unidad penitenciaria cercana a la de su grupo familiar, lo que considera atendible previa conformidad de la nombrada (cfr. fs.

143/145 y vta.).

3) Que la causa principal vinculada a esta incidencia tuvo su origen el 3/7/18 en el marco de un procedimiento de control de la...

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