Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 17 de Noviembre de 2017, expediente FPO 003946/2015/TO01/5/2

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 3946/2015/TO1/5/2 Posadas, 17 de noviembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución FPO 3946/2015/TO1/5/2 caratulado “A.C.C. s/ Incidente de Salidas Transitorias” (Expte. P.. FPO 3946/2015/TO1/5 caratulado “A.C.C. s/ Legajo de Ejecución Penal”), la procedencia de las salidas transitorias solicitadas por el encartado C.A.C.; Y CONSIDERANDO:

Que, el 29 de mayo del año 2017, el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal de Federal de Posadas, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa FPO N° 3946/2015/TO1, caratulada “A.C.C.S. LEY 22.415”, del registro de ese Tribunal, condenando a C.A.C., de nacionalidad paraguaya, titular del DNI para extranjeros Nº 94.580.291 a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES de prisión, accesorias legales y costas, como AUTOR penalmente responsable del delito de CONTRABANDO DE IMPORTACIÓN DE ESTUPEFACIENTES CALIFICADO (artículos 866 2º

párrafo en función del artículo 864 inc. a y 865 inc. g del Código Aduanero y artículos 12, 29 inc. 3 y 45 del Código Penal).

Que, por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, corre el Incidente FPO N° 3946/2015/TO1/5/1, en el que el causante con fecha 27 de octubre de 2017, fue beneficiado con la aplicación del art. 140 de la Ley 24.660, por lo que C.A.C., obtuvo la reducción de los plazos previstos en dicha modificatoria en TRES (3) MESES, requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario de conformidad con las previsiones de la Ley 26.695 -Estimulo Educativo-, que modifica el Capítulo VIII arts. 133 al 142 de la Ley 24.660.

E. alojado en la Prisión Regional del Norte del S.P.F (U-7), cumpliendo la pena señalada, presentó escrito en el cual peticiona su incorporación al RÉGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS ORDINARIAS DEL PERÍODO DE PRUEBA DE LA PROGRESIVIDAD DE LA PENA, a lo que la Dirección de la U.7 del S.P.F. de Resistencia, adjuntó los informes correspondientes y ésta M. solicitó informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de resolver la presente incidencia.

De las documentales remitidas por la Prisión Regional del Norte del S.P.F (U-7) surge que el domicilio propuesto para el goce de dicho beneficio se sitúa en la residencia de su hermano, sito en Calle 12 N° 919 entre Fecha de firma: 17/11/2017 Alta en sistema: 22/11/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO - JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL FEDERAL POSADAS-

Se destaca también su desenvolvimiento durante la privación de libertad, no presentando problemas de convivencia y tiene un buen desenvolvimiento entre la población penal, por lo que es merecedor de un buen concepto. Su tránsito por las diferentes etapas de la Progresividad del Régimen Penitenciario ha demostrado su buena predisposición al cumplir con la totalidad de los objetivos propuestos en los diferentes aspectos que conforman el Programa de Tratamiento Individual, el interno ha...

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