Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 7 de Julio de 2017, expediente FSM 017695/2014/2/CA002

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1 FSM 17695/2014/2/CA2 (12.226), C.: “Incidente Nº 2 - IMPUTADO: HERNANDEZ, P.A. s/INCIDENTE DE NULIDAD”, (Juzgado Federal de Campana, Secretaria Nº 3).

Registro de Cámara: 11.161 S.M., 7 de julio de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.V. esta incidencia a estudio del Tribunal, a raíz del recurso de apelación deducido por la Defensora Pública Oficial de P.A.H., contra el auto que dispuso no hacer lugar al pedido de sobreseimiento y a la nulidad introducida (Fs. 9/10Vta.).

  1. Previo a analizar la cuestión traída a debate, corresponde señalar que el 13 de mayo de 2015, la Sala confirmó

    el auto de procesamiento del encausado, mediante el cual se había dispuesto cautelarlo en orden al delito de encubrimiento por receptación de cosa proveniente de un delito agravado por haber actuado con fin de lucro, en los términos acuñados en los Arts. 45, 277, inciso 1°, apartado “c”, e Inc. 3, apartado “b”

    del Código Penal; oportunidad en que se destacó que dicha homologación se daba sin perjuicio de la significación jurídica que, en definitiva, correspondiera acordar a la conducta del causante (Fs. 76/9Vta y 97/8).

    El hecho que motivó esa adscripción típica fue el hallazgo dentro del auto del imputado, de cien gruesas de 1 Fecha de firma: 07/07/2017 Alta en sistema: 02/08/2017 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S., Firmado por: MARCOS MORAN Firmado(ante mi) por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA #29211974#182665868#20170710104811791 cigarrillos, marca “rodeo”, conteniendo en su interior diez paquetes por veinte unidades cada uno (Fs. 1/4).

    Ahora bien, el 21 de noviembre pasado, el Sr. Juez a quo amplió el procesamiento del imputado, por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de comercialización de productos con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada, en grado de tentativa, en concurso real con el delito de encubrimiento por el cual se lo cautelara en el anterior pronunciamiento (Art. 31 Inc. “d” de la ley 23.362)

    Contra esta resolución, la defensa presentó un escrito solicitando el sobreseimiento de su asistido en orden al delito de encubrimiento, al considerar que sólo debe prevalecer en el caso, el ilícito previsto en la ley marcaria.

    Así, consideró que si ahora el magistrado actuante –en base a la incorporación de las conclusiones de un nuevo peritaje-

    estima que los cigarrillos marca “Rodeo” que fueron incautados en el baúl de su...

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