Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 28 de Abril de 2017, expediente FLP 000166/2017/2/CA002

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 166/2017/2/CA2 8362/III La Plata, 27 de abril de 2017.

VISTO: Este expte. FLP166/2017/2/CA2, “Incidente de excarcelación de S., C.E.”, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1 de Lomas de Z. y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. La defensora de C.E.S. solicitó su excarcelación, el fiscal se opuso y el juez la denegó (fs. 1/3, 8/9 y 10/12 y vta.).

    Contra esa decisión se alzó la defensa a fs. 15/17 y vta. La recurrente sostuvo que la decisión es infundada, en razón de que el magistrado sólo evaluó la magnitud de la pena a imponer, en caso de recaer condena.

    La defensa destacó que la imputación que pesa sobre su asistido sólo se basa en una mínima prueba corroborante. Señaló este punto porque la fuerza probatoria de los elementos arrimados a la causa, es un indicador de una eventual absolución.

    En cuanto a las condiciones personales de su asistido, destacó que cuenta con domicilio fijo donde reside con sus padres y carece de antecedentes penales.

    1. Tratamiento del recurso.

  2. Bases normativas y jurisprudenciales en materia de restricción a la libertad durante la etapa de instrucción penal.

    De principio, cabe destacar que constituye un criterio consagrado que el derecho de gozar de libertad hasta el momento en que se dicte sentencia de condena no representa una salvaguarda contra el arresto, detención o prisión preventiva, medidas cautelares que cuentan con Fecha de firma: 28/04/2017 Alta en sistema: 17/05/2017 Firmado por: C.A.N., Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #29328197#176976670#20170428113847037 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 166/2017/2/CA2 8362/III respaldo constitucional en tanto y en cuanto tiendan a la efectiva realización del proceso penal.

    En este sentido -y a diferencia de lo argumentado por la defensa en su recurso-, no se viola el principio de inocencia por el uso de la coerción estatal durante el proceso. Ello es así

    porque el axioma que impide la imposición de una pena sin una sentencia judicial que la ordene, no desplaza la posibilidad de que se arbitren medidas razonables -como la prisión preventiva- a fin de asegurar la marcha del juicio (conf. M., J.B.J., Derecho Procesal Penal. Fundamentos, Editores del Puerto, Buenos Aires, 2002, tomo I, p. 511 y siguientes).

    En un antiguo precedente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación explicó que “el respeto de la libertad individual no puede excluir el...

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