Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 18 de Mayo de 2017, expediente FLP 051791/2016/2/CA002

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 51791/2016/2/CA2 La Plata, 18 de mayo de 2017.

VISTA: esta causa registrada bajo el N° FLP 51791/2016/2/CA2 (Reg. Int. N° 8832), caratulada:

INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE K., L.

, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, Secretaría Penal 1, de Lomas de Z..

Y CONSIDERANDO:

LA JUEZA CALITRI DIJO:

  1. Se eleva la presente incidencia a esta Cámara en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.14/17 por la Sra. Defensora Pública Oficial, Dra.

    G.A.M., en representación de L.K., contra la resolución glosada a fs. 6/8 que no hace lugar al beneficio de excarcelación a favor del último nombrado, el que es concedido a fs. 18.

    Radicadas la actuaciones en esta Alzada, y corrida la vista al F. General de esta Cámara a fs. 24, no adhirió al recurso interpuesto por la defensa.

  2. La decisión judicial El Sr. Juez, coincidiendo con la opinión del Ministerio Público Fiscal, decidió no hacer lugar a la excarcelación del imputado por entender que existe una fuerte presunción de que habrá de eludir el accionar de la justicia en virtud de la magnitud de la amenaza de pena que pesa sobre él, en función de los delitos por los que fuera indagado.

    Sumado a ello, señala que deben tenerse en cuenta la gravedad del hecho investigado y la participación de K. en una organización conformada por más de tres personas destinada a la falsificación de billetes de curso legal en la República Argentina.

    Por otra parte, destaca que el encartado posee antecedentes de causas por delitos similares a los investigados en autos.

    Agrega que aún restan adoptar medidas instructorias indispensables para el esclarecimiento de los hechos.

    Fecha de firma: 18/05/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #29560121#179165520#20170518132120864 Por todo ello, el magistrado instructor resolvió denegar la excarcelación solicitada.

  3. Agravios del recurrente Los agravios expuestos por la defensa de K. se centran, en lo sustancial, en que a su asistido se le atribuye, en principio, la presunta comisión del delito contenido en el art. 282 del C.P..

    Asimismo, destacó que las argumentaciones expuestas por el a quo para denegar la excarcelación, basadas en la gravedad y circunstancias del delito, la pena con que se lo conmina, y la posibilidad de que de recaer condena la misma...

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