Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 24 de Noviembre de 2016, expediente FLP 053014878/2007/2/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 53014878/2007/2/CA1 La Plata, 24 de noviembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en este expediente Nº

FLP 53014878/2007/2/CA1 (7917/I) caratulado "Incidente de excarcelación de C.", que proviene del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Lomas de Zamora Nº 1; CONSIDERANDO:

  1. Llegan las actuaciones a conocimiento del Tribunal de Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la resolución obrante a fojas 12/17, en tanto no hace lugar a la excarcelación solicitada en favor de C.D. impugnación fue presentada a fojas 18/21 por la doctora S.E.B., quien ejerce la asistencia técnica del nombrado, y mantenida en esta instancia a fojas 31/32. A su turno, el F. General ante la Cámara, doctor J.A.P., manifestó a fojas 28 que no adhiere al recurso introducido por la defensa.

  2. En su escrito recursivo, la letrada sostiene que su pupilo se ve impedido de fugarse desde el año 2009 (ver fojas 18).

    Asevera que nunca ha abandonado su domicilio de la calle ………..

    de Lanús Oeste, provincia de Buenos Aires, y critica que desde su declaración de rebeldía no se hayan llevado a cabo acciones que impulsaran la instrucción. Resalta que no se cursaron notificaciones al inmueble antes mencionado, y realiza una serie de consideraciones relativas a los hechos que se ventilan en la causa principal. Asimismo, pone de manifiesto que el imputado ha desempeñado trabajos formales y ha obtenido la renovación de sus documentos personales (ver fojas 18 vuelta).

    La abogada trae a colación la composición de su grupo familiar, y señala que es el único sostén de dicha economía. V. nuevamente sus apreciaciones acerca de la vinculación que le cabría en relación al hecho investigado, y enumera los presuntos problemas que se suscitarían al momento de identificarlo como el responsable de Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: JULIO V.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA #28806337#166305860#20161125082246454 su comisión (ver fojas 19). Postula que no se ha probado que eludirá

    el desarrollo de la causa (ver fojas 19 vuelta). En definitiva, propone como solución que se fije una caución viable a sus circunstancias.

    Finalmente, formula reservas de recurrir en casación y del caso federal (ver fojas 20 vuelta).

    Al momento de sostener su impugnación en segunda instancia, la recurrente reitera, en lo sustancial, los mismos fundamentos arriba reseñados (ver fojas 31/vuelta). Afirma que el encartado posee arraigo, trabajo y una situación familiar compleja, y mantiene las reservas antes realizadas (ver fojas 32).

  3. En lo que se refiere a los agravios traídos a estudio en función de la resolución recurrida, se advierte que las razones aportadas por la defensa, por sí solas, no alcanzan suficiente entidad para modificar el grado de convicción detallado por el juzgador al denegar la petición incidental. Por lo tanto, adelántase que deberá

    estarse a las premisas que fundamentaron la subsistencia de una disposición cautelar restrictiva de la...

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