Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 2 de Noviembre de 2016, expediente CCC 031261/2016/TO01/3

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31261/2016/TO1/3 Buenos Aires, 2 de noviembre de 2016.

VISTA:

La solicitud de excarcelación formulada por el Dr. Perriconi de Mathaeis, en favor de su defendido S.G.Z., en la presente causa n° 6160/13 (registro interno 4119 M) y su conexa n°

31.261/16 (registro interno 4404 M).

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Conforme surge de la requisitoria de elevación a juicio de fs. 492/95 de la causa n° 4119 se atribuye a G.S.Z. la presunta comisión de delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (arts. 45 y 166 inciso 2 del CP), en tanto en la causa n° 4404, tal como se desprende del requerimiento de elevación a juicio de fs. 252/60, se imputa a Z. el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada (arts. 166 inciso 2, tercer párrafo del CP).

  2. ) La defensa particular solicitó la excarcelación de su asistido, fundando su petición en la circunstancia de que aquél carece de antecedentes condenatorios, de alias y/o identidades falsas que hagan presumir que intentará eludir o entorpecer la investigación, como así

    también que debía valorarse que Z. en una persona joven, próximo a ser padre y con hábitos laborales.

    Señaló que el hecho de que próximamente se lleve a cabo la audiencia de debate no resulta óbice para mantener restringida su libertad ambulatoria, indicando que existen soluciones procesales menos gravosas que permitan asegurar su comparecencia a juicio, pudiendo Fecha de firma: 02/11/2016 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #28646480#165985202#20161102161130190 imponérsele una caución real y/o personal como así también comparecencias semanales.

    Por último, destacó que en el hipotético caso de recaer una condena podría caberle a su asistido una pena de ejecución condicional.

  3. ) Corrida vista del planteo al Sr. Fiscal General, manifestó

    que se oponía a la excarcelación.

    En esa dirección, sostuvo que en el caso no habían variado las circunstancias que habían determinado la anterior denegatoria, que fuera confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, el 16 de junio pasado, y que si bien la penalidad que prevén las figuras legales que se le atribuyen permitiría la aplicación de una pena en suspenso encuadrando ello dentro del...

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