Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 8 de Abril de 2022, expediente COM 003360/2021/2/CA001

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

3360/2021 - Incidente Nº 2 - MIRAS, N.H. s/ QUIEBRA s/

INCIDENTE DE APELACION -

Juzgado N° 6 - Secretaría N° 11

Buenos Aires, 8 de abril de 2022.

Y VISTOS:

  1. El fallido apeló la resolución del 04.11.21, que rechazó sus planteos de remoción de la sindicatura y nulidad del allanamiento realizado por la funcionaria concursal en su domicilio. Su memorial obra incorporado el 09.12.21, sin indicación de fojas digitales. La sindicatura lo contestó mediante la presentación incorporada el 9.12.21.

  2. De modo previo a adentrarse en el tratamiento de la cuestión,

    corresponde poner de resalto que las constancias obrantes en la nota de elevación de fs. 76 no se compadecen con los registros informáticos de la causa, dado que los antecedentes digitales carecen de la foliatura correspondiente.

    Empero, las dificultades que ello podría traer serán subsanadas mediante la utilización de los vínculos que remiten a las constancias obrantes en el sistema de consulta de causas judiciales (www.scw.pjn.gov.ar) a fin de facilitar a las partes e interesados la lectura de la presente.

  3. Los fundamentos del dictamen fiscal de fs. 78/83, que esta Sala comparte y al que cabe remitirse por razones de brevedad argumental, son suficientes para rechazar el recurso, tanto en lo que refiere a la remoción de la sindicatura como el planteo de nulidad.

    1. Recurso contra el rechazo de remoción de la sindicatura:

      La resolución que rechazó la remoción de la funcionaria concursal actuante es inapelable, toda vez que conforme lo normado por el art. 255, párrafo 3°

      de la ley 24522 sólo la remoción es apelable, mas no su denegatoria, como se decidió

      en la anterior instancia.

      Es de ponderar que ello es congruente con el principio general de inapelabilidad de las resoluciones dictadas en procesos concursales: la remoción es apelable en tanto sanción, pero no lo es la denegatoria de remoción (CNCom. esta Sala in re "C.&.M.S. s/ quiebra" del 30.12.02; idem Sala D in re Fecha de firma: 08/04/2022

      Alta en sistema: 11/04/2022

      Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

      "Ginocchio, M.L. s/ quiebra s/ incidente de remoción de la sindicatura" del 20.10.00).

      Máxime cuando ni de este incidente ni de los autos principales se advierte la existencia de arbitrariedad o...

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