Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 10 de Mayo de 2022, expediente FMP 003780/2019/2/CA002

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

FMP 3780/2019/2/CA2

Mar del Plata, 10 de mayo de 2022.

Y VISTO:

La presente causa procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de la ciudad de Necochea, caratulada: “INCIDENTE DE INCOMPETENCIA (EN AUTOS: P., M.L.

POR FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS – USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO ART. 296

CP”, registrada con el N° FMP 3780/2019/2/CA2 ante la Secretaría Penal de esta Excma.

Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata;

Y CONSIDERANDO:

EL DR. E.P.J. DIJO:

Llega nuevamente el presente a estudio de esta Alzada a raíz de la contienda negativa de competencia territorial trabada entre los titulares a cargo del Juzgado Federal de Necochea y el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, habiéndose corrido la vista que marca el art. 47 inc. 7) al Sr. Fiscal General, éste se manifestó en el sentido que correspondía la intervención al juez a cargo del Juzgado Federal de la ciudad de Necochea, quedando estas actuaciones en condiciones de ser resueltas.

L., diré que la causa se inicia como consecuencia de la denuncia que la Sra. M. L. P. realizara ante la Fiscalía Federal de Necochea, en fecha 8/3/2019, quien puso en conocimiento que al concurrir a la obra social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles –OSECAC- a la cual se encuentra afiliada, personal de dicha entidad le hizo saber que hacía un tiempo se había realizado una opción de cambio de obra social a favor de la Obra Social de Personal de Imprentas Diarios y Afines –OSPIDA- y en la cual su grupo familiar no estaría comprendido en la cobertura.

La maniobra denunciada llevó que la nombrada fuera cambiada de obra social sin su consentimiento, mientras que había continuado abonando la suma correspondiente a su categoría de monotributista y le efectuaron el descuento pertinente,

informando además que obtuvo una constancia de OSECAC donde le indicaron que no se Fecha de firma: 10/05/2022

Alta en sistema: 12/05/2022

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE CAMARA

habrían recibido sus aportes desde noviembre de 2018 figurando como realizados en otra obra social identificada con el código Nro 1-….7.

En esa oportunidad, el Juez Federal de la ciudad de Necochea consideró

que al tratarse el trámite de cambio de obra social de aquellos que debían realizarse en forma presencial y siendo que se...

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