Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 30 de Junio de 2023, expediente CIV 016164/2022/2

Fecha de Resolución30 de Junio de 2023
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

16164/2022

Incidente Nº 2 - DEMANDADO: A, J O s/RECUSACION CON

CAUSA - INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, de junio de 2023.- M

AUTOS Y VISTOS:

1) Toda vez que el planteo recusatorio deducido en este incidente resulta análogo al resuelto por esta Sala en el expediente N° 44021/2022/1 con fecha 27/6/2023,

corresponde estar a lo allí decidido y rechazar por los mismos argumentos, el pedido de apartamiento efectuado en este incidente respecto del juez de primera instancia.-

2) En cuanto a la pretendida aplicación del artículo 29

del CPCCN, consideramos que, por el momento, la recusación planteada por el Sr. A no puede ser calificada de maliciosa pues no se advierte una maniobra manifiestamente obstruccionista, dilatoria o propia de aquél que litiga consciente de que carece de razón. Ello, sin perjuicio, de lo que pudiere decidirse en la oportunidad del dictado de la sentencia en cuanto al pedido de sanciones por temeridad y malicia formulado el 13 de marzo de 2023 (art. 45, Cód.

Procesal).-

3) En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Cámara el 13/3/2023, el Tribunal,

RESUELVE:

Rechazar la recusación con causa interpuesta contra el Sr. Juez titular del Juzgado del fuero nº

37 donde deberán continuar tramitando todas las actuaciones seguidas entre las partes;

  1. Desestimar el pedido de sanciones formulado en los términos del art. 29 del CPCCN.

Regístrese, notifíquese por Secretaría y devuélvase al referido Tribunal. Comuníquese mediante DEO al Juzgado Civil Nº 74 en donde se halla radicado el expediente. Se deja constancia que la vocalía nº 34 se encuentra vacante.

Fecha de firma: 30/06/2023

Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

GABRIELA A. ITURBIDE

MARCELA PEREZ PARDO

Fecha de firma: 30/06/2023

Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

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