Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 19 de Octubre de 2023, expediente FSM 009169/2020/2/CA002

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II

Causa FSM 9169/2020/2/CA2

Incidente Nº 2: C.E.E., (EN REP. DE SU HIJO

GIAN BAUTISTA D' ANDREA) c: INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/INC APELACION

Juz. Fed. de M.–.S.. 3

M., de octubre de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:

Por recibidas digitalmente las actuaciones.

Toda vez que la accionada INSSJyP quedó

notificada de la sentencia interlocutoria de fecha 10/02/22

el día 11/02/2022 a las 08:49 hs. [cfr. cédulas electrónicas n° 22000051430962 y n° 22000051430957], en atención al día y hora de presentación del recurso de apelación (18/02/22 a las 11:28 hs.), corresponde declarar mal concedido el recurso en cuestión, por resultar manifiestamente extemporáneo (Art. 15 de la ley 16.986).

ASÍ SE

RESUELVE:

.

Sigan los autos con el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE

SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS en fecha 13/08/2021 contra la sentencia interlocutoria de fecha 11/8/2021.

En atención al estado de autos, córrase vista a la Defensoría Publica Oficial por el plazo de 48 hs. [conf.

ley 16.986; doct. art. 103 CCyCN; art. 34, inc. 5),

apartados II y V, del CPCC].

A los fines del Art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se deja constancia que en esta Sala se encuentra vacante la vocalía N°4.

Fecha de firma: 19/10/2023

Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA

Regístrese, notifíquese y publíquese (Acordada CSJN 24/13 y ley 26.856).

N.P.B.A.A. LUGONES

JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA

M.S.Z.

SECRETARIA DE CÁMARA

Fecha de firma: 19/10/2023

Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA

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