Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 4 de Septiembre de 2023, expediente FMP 041047113/2008/2/CA002
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
41047113/2008
Incidente Nº 2 - ACTOR: LOZANO, C.C. DEMANDADO: ANSES s/
INC APELACION
del Plata,
VISTOS
Y CONSIDERANDOS:
Que contra el pronunciamiento de esta Alzada la Administración Nacional de la Seguridad Social deduce recurso extraordinario federal.
Corrido el traslado pertinente y encontrándose en condiciones de resolver, se dictó la providencia de autos para resolver.-
Teniendo en cuenta que la temática relativa al análisis del recurso extraordinario deducido, ya ha sido tratada por esta Alzada en los autos caratulados: “PONCE, J.C. c/ Anses s/ Ejecución Previsional”, Expediente Nº 1060/2015, sentencia de fecha del 1º de Marzo de 2021, a cuyos fundamentos corresponde remitir, sin que de la compulsa de las presentes actuaciones se advierta ninguna situación excepcional que permita apartarse de tal criterio.-
Por todo lo expuesto, ese Tribunal RESUELVE:
Declarar inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la demandada (art. 256 y 257 del C.P.C.C.N. y art. 14 de la ley 48).
REGISTRESE. NOTIFIQUESE. DEVUELVASE.
Fdo. B.B.F.. A.O.T.J. de Cámara Subrogante Juez de Cámara Se deja constancia que la presente resolución ha sido suscripta en forma electrónica, que el Dr. E.J. se encuentra en uso de licencia y que se encuentra vacante el cargo del tercer integrante de este Tribunal. (art. 109 del RJN).-
Fecha de firma: 04/09/2023
Alta en sistema: 05/09/2023
Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: B.D.B., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE
Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA
Se notificó electrónicamente a las partes, conforme lo ordenado en la sentencia que antecede.
Conste.-
Fdo. S.C.S. de Cámara Fecha de firma: 04/09/2023
Alta en sistema: 05/09/2023
Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: B.D.B., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE
Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA
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