Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 24 de Mayo de 2023, expediente CCF 009037/2021/2/CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CCF 9037/2001/2 Incidente de apelación en autos “., B. E. c/ OSDE s/

amparo de salud”. Juzgado 4 Secretaría 8.-

Buenos Aires, 24 de mayo de 2023.

Ante todo, cabe precisar que las constancias a las que se aludirá

en lo sucesivo corresponden al expediente principal, visible a través del sistema informático LEX100.

VISTO: la caducidad de segunda instancia acusada por la parte actora el 27 de diciembre de 2022, cuyo traslado fue contestado por la demandada el 15 de febrero de 2023; y la apelación de la parte actora del 31

de agosto de 2022 contra la resolución del 30 de agosto de 2022 contestada el 14 de septiembre de 2022; y CONSIDERANDO:

  1. Caducidad de segunda instancia acusada por la parte actora el 27 de diciembre de 2022

    El planteo antedicho fue formulado en los siguientes términos “

    …toda vez que la parte demandada no ha impulsado el recurso de apelación oportunamente impuesto, y dado el tiempo transcurrido conforme señala el art. 310 inc. 2 CPCCN, es que solicito se declare la caducidad de la segunda instancia, con costas a su cargo…” (ver escrito del 27/12/22).

    La compulsa de la causa revela que la formación del presente incidente fue ordenada el 8 de septiembre de 2022, para el tratamiento de la apelación interpuesta por la parte actora el 31 de agosto de 2022 contra la decisión del 30 de agosto de 2022 contestada por OSDE el 14 de septiembre de 2022.

    No hay ninguna apelación de OSDE pendiente de resolución, tal como lo puso de manifiesto la empresa de medicina prepaga al contestar el traslado de la caducidad (escrito del 15/2/23). Pese a ello, la actora no desistió del planteamiento e instó su resolución (ver escrito del 17/4/23).

    Por lo visto, la inexistencia de apelación de OSDE priva de todo sustento la caducidad pretendida, por lo que corresponde su desestimación,

    con costas (arts. 68, primera parte y 69 del Código Procesal Civil y Comercial y 17 de la ley 16.986).

  2. Apelación de la parte actora del 31 de agosto de 2022

    contra la resolución del 30 de agosto de 2022

    1. En la resolución del 30 de agosto de 2022 el juez de grado ordenó cautelarmente a OSDE otorgar al actor “la cobertura que corresponda al plan contratado” (SIC) del tratamiento, materiales y controles de ortodoncia posteriores a la cirugía ortognática bimaxilar a la que ya fue sometido aquel, con la doctora J.V. (MN 40068).

      Fecha de firma: 24/05/2023

      Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

      Efectivamente, de las constancias del expediente resulta que OSDE cumplió con la resolución cautelar del 22 de octubre de 2021

      mediante la cual el juez le ordenó la cobertura de la cirugía ortognática prescripta a su afiliado, quien fue operado el 24 de noviembre de 2021 (ver escrito del 26/12/21).

    2. Contra la decisión del 30 de agosto de 2022 el actor interpuso revocatoria con apelación en subsidio. Argumentó que corresponde la cobertura integral (100%) del presupuesto presentado por la doctora V. –que alcanza la suma de $457.000 al 1/7/22, sujeto a actualizaciones; ver escrito del 4/7/22–. Recordó que la cirugía ya fue realizada y que el tratamiento –orientado a corregir una anomalía funcional–

      fue convalidado por el Cuerpo Médico Forense (ver dictamen del 25/8/22).

      Explicó que el plan contratado es el denominado OSDE 210, que no contempla la cobertura de tratamientos de ortodoncia después de los 18 años de edad ni la atención con médicos ajenos a la cartilla. Refirió ser mayor de edad y que la doctora V. no integra la cartilla de la empresa de medicina prepaga. En consecuencia –señaló– lo resuelto por el a quo equivale a denegar la cobertura. Destacó que OSDE no le ofreció prestadores propios de renombre y experiencia equivalente a los de su médica tratante (ver escrito del 31/8/22).

      El juez rechazó la...

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