Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 31 de Mayo de 2022, expediente CAF 008124/2000/2

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA I

Causa nº 8124/2000 “Incidente Nº 2 - ACTOR: LEGUMBRES

SACIFIA DEMANDADO: ESTADO NACIONAL -

MINISTERIO DE HACIENDA Y OTRO s/OPOSICION DE

TASA (INC DE TASA DE JUSTICIA)” (J. 10)

Buenos Aires, 31 de mayo de 2022.- GC/RR

AUTOS Y VISTOS:

La solicitud de regulación efectuada por el Dr. Pablo D.

Melo el 18 de marzo de 2022.

CONSIDERANDO:

  1. Que en función de la naturaleza incidental de la cuestión decidida por este tribunal el 22 de junio de 2021 —en tanto allí desestimó, con costas, el planteo de revocatoria formulado por la parte actora, contra la providencia de fs. 104, que había declarado desierto el recurso de apelación interpuesto a fs. 103—, teniendo en cuenta, asimismo, los honorarios que hubieran correspondido regular por la actuación profesional cumplida en la instancia anterior, el mérito, la calidad y la extensión de la labor profesional en el momento en que efectivamente fueron realizadas (Fallos: 341:1063),

    corresponde FIJAR en 2,21 UMA —equivalentes a la suma de $19.892,21, de conformidad con los valores establecidos en la acordada nº 12/2022 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación—

    los emolumentos a favor del Dr. P.D.M., por la tarea cumplida (confr. escrito “Contesta traslado” presentado el 5/03/2020)

    ejerciendo la dirección y representación legal de la parte co-

    demandada Fisco Nacional (AFIP–DGI) ante esta alzada (artículos 16,

    20, 30 y demás concordantes de la ley 27.423).

  2. Que en punto a la resolución del 9 de febrero de 2022

    —mediante la cual se denegó, con costas, el recurso extraordinario Fecha de firma: 31/05/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    interpuesto por la parte actora— cabe FIJAR en 1,5 UMA

    —equivalentes a la suma de $13.501,50, de conformidad con los valores establecidos en la citada acordada— los emolumentos a favor del Dr. P.D.M. por la tarea desplegada (confr. escrito digital “Contesta traslado de recurso extraordinario federal”

    presentado el 22/09/2021) ejerciendo la dirección letrada y representación procesal del...

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