Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 11 de Marzo de 2022, expediente FPA 004565/2020/2/CA003

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 4565/2020/2/CA3

Paraná, 11 de marzo de 2022.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE MIR, JORGE

  1. MENDOZA, R.D.G., NESTOR MANUEL

BERLARI, A.A. Y OTROS EN AUTOS MIR JORGE, A. Y

OTROS c/ SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR- DIRECCION GENERAL

DE OBRA SOCIAL DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/ AMPARO

LEY 16.986”, expte. N° FPA 4565/2020/2/CA3, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Paraná; y CONSIDERANDO:

I- Que, llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario promovido por la parte actora en fecha 22/12/2021, contra la resolución de este Tribunal del día 09/12/2021.

Contesta traslado la parte demandada en fecha 08/02/2022 y pasa la causa para resolver el 24/02/2022.

II- Que, en lo que aquí interesa, la resolución de primera instancia -de fecha 30/09/2021- dispuso la traba de embargo sobre las cuentas pertenecientes a la Superintendencia de Bienestar – Dirección General de Obra Social de la Policía Federal, que posee en el Banco Nación Argentina –Sucursal Plaza de Mayo- hasta cubrir la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCO MIL ($1.105.000), en concepto de astreintes.

Ante dicha decisión se alzó la parte demandada y por resolución de fecha 09/12/2021, esta Cámara- por mayoría-

resolvió hacer lugar al recurso interpuesto, revocar la resolución de fecha 30/09/2021 y rechazar el pedido de traba de embargo deducido por la parte actora. Imponer las costas en el orden causado (art. 68, segundo párrafo,

Fecha de firma: 11/03/2022

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.B.T., SECRETARIA

CPCCN- conforme remisión del art. 17 de la ley 16.986),

regular honorarios y tener presente la reserva del caso federal.

Contra la citada resolución la parte accionante promueve recurso extraordinario.

III-

  1. Que, la impugnante, refiere a los requisitos para la procedencia formal y sustancial del recurso.

    Relata los antecedentes de la causa y sostiene que la decisión apelada proviene del superior tribunal de la causa.

    Afirma que existe cuestión federal suficiente que torna procedente el remedio intentado ya que se encuentra controvertida la aplicación y alcance de la Ley N° 21.965 y su Dec. Reglamentario 1866/83 y de las leyes N° 23.660,

    23.661 y 24.901. Asimismo, considera que la resolución impugnada es violatoria de principios y derechos consagrados...

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