Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Febrero de 2022, expediente FSA 014763/2015/2/CA002

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “Incidente Nº 2 - ACTOR: GIMENEZ,

P.A. DEMANDADO:

ANSES s/INC APELACION” Expte.

N°14763/2015 (Juzgado Federal N° 2 de Salta)

ta, de febrero de 2022.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 16/9/20 el juez impuso a ANSes la suma de $150 diarios en concepto de astreintes, debiendo contabilizarse solamente los días hábiles administrativos.

  2. Que la apoderada del actor con fecha 27/9/20 se agravia de dicha providencia por cuanto considera que la suma fijada resulta “irrisoria y obsoleta, ante el grave perjuicio que le viene generando el actuar malicioso de la demandada” mediante “una omisión injustificada en una causa de carácter alimentario”. Advierte que pese a las intimaciones efectuadas, la deudora ignora el cumplimiento de lo adeudado sin siquiera justificar su omisión.

    Entiende que la multa debe ser ejemplar para evitar una continua dilación y un efectivo cumplimiento de lo ordenado; medida “que se puede convertir, de acuerdo a la conducta de su destinatario en una indemnización a favor del damnificado por la sentencia incumplida, lo que resulta esencial para comprender este asunto”; constituye “un instrumento para lograr el respeto del Poder Judicial”; “estamos ante el alta de un beneficio, por lo que el actor no percibe monto alguno desde la sentencia mientras que la demandada continua en su actuar reticente pese a las Fecha de firma: 09/02/2022

    Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta intimaciones reiteradas a los fines del beneficio, no obteniendo respuesta”,

    por lo que la suma ordenada en grado “no cumple en absoluto con la finalidad y esencia de la misma, no contribuyendo bajo ningún punto al cumplimiento de la sentencia de marzo del 2018”. Solicita se incremente el monto a $5000

    diarios, de conformidad con el precedente “R., N.B.. Hace reserva del caso federal.

    Corrido traslado, la contraria solicitó su rechazo y el levantamiento de las astreintes, de conformidad con los argumentos expuestos en el escrito del 5/11/20.

  3. Que conforme surge de la causa, a raíz de la demanda de reajuste de haberes promovida el 28/8/15, con fecha 20/3/18 el juez de grado hizo lugar al reclamo y condenó a la Anses a otorgar el beneficio jubilatorio por invalidez al...

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