Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 16 de Diciembre de 2021, expediente CAF 021157/2011/2

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

21157/2011

Incidente Nº 2 - ACTOR: DERUDDER HERMANOS SRL DEMANDADO:

CNRT s/INC EJECUCION DE HONORARIOS

Buenos Aires, de diciembre de 2021.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, por medio de la resolución del 30 de junio de 2016, agregada a fs. 2319/2321 del expediente principal, este Tribunal, en cuanto aquí importa, condenó a la demandada al reintegro de los gastos efectuados por la actora en concepto de póliza de caución y tasa de justicia; con más los intereses respectivos, hasta el efectivo pago.

    En particular, se hizo lugar al reintegro de los gastos efectuados por la constitución de las pólizas de caución ofrecidas a fin de acreditar la contracautela por la suma de $1.997.053,27, con más los intereses calculados a la tasa pasiva promedio que publica el BCRA, hasta su efectivo pago. A su vez, se indicó que sobre la tasa de justicia oportunamente abonada por la actora, por el importe de $201.135, debían adicionarse intereses hasta el efectivo pago; y, se aclaró que se excluía de dicho monto, el importe pagado en concepto de multa por retardo (cfr. Considerando V del voto de la mayoría).

    Por su parte, mediante el pronunciamiento del 14

    de octubre de 2016, agregado a fs. 2394/vta. de la causa principal, esta Sala aprobó los cálculos practicados por la actora a fs. 2376, por el importe de $3.237.078,71, en concepto de gastos por las pólizas de caución con más los intereses calculados al 26 de julio de 2016; asimismo, se aprobó la liquidación presentada a fs. 2324 relativa al reintegro de lo abonado en concepto de tasa de justicia, con más intereses al 01 de julio de 2016, por la suma de $307.218,36.

    Finalmente, el 11 de mayo de 2021, este Tribunal aprobó la liquidación acompañada por la actora el 9 de diciembre de 2020, en cuanto ha lugar por derecho, por las sumas de $6.221.732,80 y $734.731,29; en concepto de reintegro de gastos de póliza de caución y tasa de justicia, con más los intereses calculados al 1 de diciembre de 2020

  2. Que, el 30 de agosto de 2021, la CNRT informó

    que procedería al pago de los montos adeudos con más los intereses calculados al 20/08/2021, por la suma de $27.025.515,84; según el siguiente detalle: 1.

    Honorarios $18.715.917,41; 2. Seguro de Caución $ 7.431.951,12; 3. Tasa de Justicia $ 877.647,31.

    Fecha de firma: 16/12/2021

    Alta en sistema: 17/12/2021

    Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por...

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