Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 6 de Septiembre de 2021, expediente COM 065195/2008/2/CA005

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

Incidente Nº 2 - ACTOR: ANTHONISEN E.C. Y OTRO

DEMANDADO: PORDENONE S.A. Y OTRO s/INCIDENTE DE

EXCUSACION

Expediente N° 65195/2008/

Juzgado N° 16 Secretaría N° 32

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2021.

Y vistos:

Para proveer sobre este incidente de excusación pedida por el J. Dr. F.G.D.:

En tanto que en los expedientes nros. 65.195/08 y 46.295/08 se advierte la intervención en forma activa como letrada de la Dra. Laura L.

Filippi, y considerando la relación explicitada por el Dr. D’Alessandro en su carácter de J. subrogante en el Juzgado 16, Secretaría 32, de este Fuero, la S. considera admisible el pedido de excusación.

Cabe consignar que la intervención del codemandado señor J.C.R. -a quien la mencionada letrada asiste- en las causas a que se refiere este incidente ha suscitado una situación distinta a la que esta S. tuvo en cuenta al decidir, por mayoría, el 26.5.21, en las actuaciones “ANTHONISEN, E.C. Y OTRO C/PORDENONE S.A. Y

OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS S/INCIDENTE DE

EXCUSACIÓN” (expte. nro. 22.707/12/1), oportunidad en la que se Fecha de firma: 06/09/2021

Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.R.T.,Nº 2 - ACTOR: ANTHONISEN CAMARA

Incidente PROSECRETARIO DE E.C. Y OTRO DEMANDADO: PORDENONE S.A. Y O TRO s/INCIDENTE DE EXCUSACION Expediente N°

Firmado por: MIGUEL FEDERICO 65195/2008

BARGALLO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA

dejó a salvo que el temperamento allí adoptado se acotaba a ese pedido de beneficio de litigar sin gastos y al escenario que entonces presentaba.

Dado el carácter temporal de la subrogancia referida, y a los fines de preservar la garantía constitucional del juez natural (art. 18 CN), se dispone que las actuaciones mencionadas queden radicadas en la Secretaría 31 del mismo Juzgado, mientras dure la subrogancia del Dr.

D’Alessandro debiendo en su oportunidad volver a la Secretaría de origen.

N. por Secretaría de S..

L. oficios vía sistema D.E.O. al señor J. subrogante en el Juzgado nro. 16, Secretaría nro. 32, Dr. F.D., así

como también, al señor J. titular del Juzgado nro. 17, Secretaría nro.

34, Dr. F.G., a fin de ponerlos en conocimiento de lo aquí

dispuesto.

H. saber a la Fiscalía General ante esta Cámara, a cuyo fin procédase a emitir la comunicación pertinente.

Agréguese la presentación precedente, para ser proveída conforme corresponda por el Juzgado de primera instancia.

Fecha de...

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