Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 6 de Septiembre de 2021, expediente COM 065195/2008/2/CA005
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Camara Comercial - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C
Incidente Nº 2 - ACTOR: ANTHONISEN E.C. Y OTRO
DEMANDADO: PORDENONE S.A. Y OTRO s/INCIDENTE DE
EXCUSACION
Expediente N° 65195/2008/
Juzgado N° 16 Secretaría N° 32
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2021.
Y vistos:
Para proveer sobre este incidente de excusación pedida por el J. Dr. F.G.D.:
En tanto que en los expedientes nros. 65.195/08 y 46.295/08 se advierte la intervención en forma activa como letrada de la Dra. Laura L.
Filippi, y considerando la relación explicitada por el Dr. D’Alessandro en su carácter de J. subrogante en el Juzgado 16, Secretaría 32, de este Fuero, la S. considera admisible el pedido de excusación.
Cabe consignar que la intervención del codemandado señor J.C.R. -a quien la mencionada letrada asiste- en las causas a que se refiere este incidente ha suscitado una situación distinta a la que esta S. tuvo en cuenta al decidir, por mayoría, el 26.5.21, en las actuaciones “ANTHONISEN, E.C. Y OTRO C/PORDENONE S.A. Y
OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS S/INCIDENTE DE
EXCUSACIÓN” (expte. nro. 22.707/12/1), oportunidad en la que se Fecha de firma: 06/09/2021
Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.R.T.,Nº 2 - ACTOR: ANTHONISEN CAMARA
Incidente PROSECRETARIO DE E.C. Y OTRO DEMANDADO: PORDENONE S.A. Y O TRO s/INCIDENTE DE EXCUSACION Expediente N°
Firmado por: MIGUEL FEDERICO 65195/2008
BARGALLO, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA
dejó a salvo que el temperamento allí adoptado se acotaba a ese pedido de beneficio de litigar sin gastos y al escenario que entonces presentaba.
Dado el carácter temporal de la subrogancia referida, y a los fines de preservar la garantía constitucional del juez natural (art. 18 CN), se dispone que las actuaciones mencionadas queden radicadas en la Secretaría 31 del mismo Juzgado, mientras dure la subrogancia del Dr.
D’Alessandro debiendo en su oportunidad volver a la Secretaría de origen.
N. por Secretaría de S..
L. oficios vía sistema D.E.O. al señor J. subrogante en el Juzgado nro. 16, Secretaría nro. 32, Dr. F.D., así
como también, al señor J. titular del Juzgado nro. 17, Secretaría nro.
34, Dr. F.G., a fin de ponerlos en conocimiento de lo aquí
dispuesto.
H. saber a la Fiscalía General ante esta Cámara, a cuyo fin procédase a emitir la comunicación pertinente.
Agréguese la presentación precedente, para ser proveída conforme corresponda por el Juzgado de primera instancia.
Fecha de...
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