Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 27 de Junio de 2017, expediente CCF 021173/1996/2/CA005
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2017 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 21.173/1996/2/CA5 –S.I. “LOUGE A. BELTRÁN Y OTRO C/
GOBIERNO DE SU MAJESTAD BRITÁNICA S/ DAÑOS Y
PERJUICIOS” Incidente Beneficio de Litigar Sin Gastos Juzgado N° 9 Secretaría N° 18 Buenos Aires, 27 de junio de 2017.
Y VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado y
patrocinante del Señor E. a fs. 9, fundado a fs. 11/13,
contra lo decidido a fs. 7/8, y CONSIDERANDO:
-
La magistrada de primera instancia consideró que no
resultaba oportuno el inicio del beneficio de litigar sin gastos por lo que
decidió rechazarlo “in limine”.
-
Esta decisión fue recurrida por el letrado apoderado del Sr.
B..
En su memorial de agravios, considera que la resolución
recurrida resulta arbitraria e injustificada por entender que lo decidido en
este expediente se limita a fijar la jurisdicción extranjera para el reclamo de
la parte actora sin que la demanda resultara rechazada.
Siguiendo este razonamiento, sostiene que al no estar concluido el
pleito resulta aplicable la doctrina y jurisprudencia citada por el “a quo” en
Fecha de firma: 27/06/2017 Alta en sistema: 13/07/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #28347846#179200030#20170627094025220 el fallo recurrido en cuya virtud se admite la posibilidad de que el beneficio
de litigar sin gastos pueda ser solicitado en cualquier estado del proceso.
Por otra parte, considera que el pronunciamiento resulta ser
prematuro por no haberse verificado la existencia de una causa judicial en
el exterior que continuase la tramitación del reclamo del Sr. B..
Asimismo, cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación en donde se autorizó la continuidad del beneficio de litigar sin
gastos a pesar de encontrarse culminado el proceso principal por la
caducidad de la instancia decretada (autos N° 26495/2004, Recurso de
Queja, “Vial Publicidad SRL c/ Ferrocarriles Argentinos y Otro s/ contrato
Administrativo” del 9/12/2015) (cfr. memorial de agravios a fs. 11/13).
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Así planteada la cuestión a resolver, es oportuno precisar, en
primer lugar, que el beneficio de litigar sin gastos tiene sustento en el
derecho a la igualdad de las partes en el proceso (art. 16 CN) y en la
garantía de la defensa en juicio (art. 18 CN), y su finalidad es la de asegurar
el acceso a la justicia, no ya en términos formales, sino con un criterio que
se adecua a una concreta situación económica del peticionario (Corte
Suprema, Fallos 311:1372; Highton, E. y A., B., Código
Procesal Civil y Comercial de la Nación concordado, H., 2004, t.
2, pág. 121).
-
Cabe puntualizar que el presente pedido de beneficio de
litigar sin gastos fue iniciado el 26 de abril de 2016 (cfr. fs. 6) con el objeto
de vincularlo con la causa N° 21173/1996 “L. A. B. y Otro c/
Gobierno de Su Majestad Británica s/ Daños y Perjuicios”.
Fecha de firma...
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