Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 23 de Noviembre de 2016, expediente COM 039840/2006/2

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 39840/2006/2- CARTA FRANCA S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE REVISIÓN POR I.J.J.N.° 11 - Secretaria N° 22 Buenos Aires, 23 de noviembre de 2016.

Y VISTOS:

En atención a la índole y extensión de los trabajos, se reducen a un mil doscientos pesos ($ 1.200) los honorarios del síndico M.O.B. y a tres mil doscientos pesos ($ 3.200) los de su patrocinante E.A.P.. Asimismo, se reducen a tres mil doscientos pesos ($

3.200) los estipendios correspondientes al perito contador Néstor A.

Marcote (arts. 6, 7, 9, 19 y 33 de la ley 21.839 y art. 3. dto/ley 16.638/57).

Los honorarios revisados fueron regulados a fs. 345.

Finalmente, por los trabajos realizados ante esta Alzada que originaron la resolución de fs. 337/8, se fijan en trescientos pesos ($ 300)

los honorarios del síndico M.O.B. y en ochocientos pesos ($

800) los de su patrocinante, E.A.P. (art. 14 de la ley 21.839).

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones.

MATILDE E. BALLERINI MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO ANA

  1. PIAGGI Fecha de firma: 23/11/2016 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

  2. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE...

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