Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 15 de Junio de 2017, expediente FSM 057535/2014/TO01/19/CFC004

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Causa nº

Año Registro Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 57535/2014/TO1/19/CFC4 M., 15 de junio de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente de aplicación de la Ley n° 24.390 formado en el marco de la causa FSM/57535/2014/TO1/19 (número interno 3594), de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 5 de S.M..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 1873/1887, el F. de grado requirió la elevación a juicio de las presentes actuaciones atribuyéndole a A.F.T., S.C.N., F.M.B., E.A.L., A.M.P. y M.G.F. “...haber tomado parte en la sustracción, retención y ocultamiento de S.I., perpetrada mediante el uso de armas de fuego y con la finalidad de obtener rescate para su liberación, logrando su propósito”.

    Asimismo, “...haberse apoderado ilegítimamente, con violencia en las personas, en lugar poblado y en banda, de diversos bienes propiedad de S.I., a saber: del vehículo de su propiedad –dominio IQP 619-, de su teléfono celular (IMEI 355259052335700), de los efectos personales que portaba consigo y de los que se hallaban en el interior de su rodado (una billetera azul, tarjetas de crédito VISA y documentación del rodado IQP 619, una caña de pescar colorada y negro y una caja de pesca gris)”.

    Concretamente, señaló que “[t]odo lo anterior aconteció el día 18 de octubre de 2014, entre las 5:00 y las 5:30 horas, oportunidad en la que A.F.T. (usuaria a la fecha del hecho del abonado celular n° 2345-4317) y S.C.N. abordaron a Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #29240391#181538425#20170615122324919 Causa nº

    Año Registro Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 57535/2014/TO1/19/CFC4 S.I. cuando salía de una fiesta celebrada en el local “G.” sito en el Hipódromo de San Isidro, entablaron conversación con el nombrado y lo convencieron de que las llevase en su vehículo (dominio IQP-619) hacia la localidad de M. y posteriormente hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

    Así, T. se sentó en el asiento delantero, lado del acompañante, mientras que N. hizo lo propio en la parte de atrás, siendo que durante el trayecto –que comenzó en la salida de “G.” ubicada en la Av. M. y continuó por la Av. Santa Fe, por la Av. M. y cruzando la Av. General Paz, siguió por la Av. Cabildo y por la Av. Santa Fe, en la C.A.B.A.- Tavella y N. le ofrecieron a I. algo de tomar o de fumar que mermó sus sentidos”.

    Cuando se encontraban en el barrio porteño de Palermo (Av. J.B. Justo 1625, entre G. y José

    Antonio Cabrera) las mujeres hicieron detener el vehículo

    .

    En dicha oportunidad, la rubia (N.) se bajó del auto, la morocha (T. permaneció abordo y ascendieron dos hombres que obligaron a la víctima ubicarse en el asiento trasero junto a uno de ellos (E.A.L., usuario a la fecha del hecho del abonado celular n° 3575-2712), mientras que el segundo tomó el volante (F.M.B., usuario del abonado celular n° 5952-5457 que se utilizó para efectuar los llamados de índole extorsiva), quedando la morocha (T.) en el asiento del acompañante parte delantera; luego de ello emprendieron nuevamente la marcha

    .

    Fecha de firma: 15/06/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALFREDO JUSTO RUIZ PAZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AUGUSTO J.M., SECRETARIO AD HOC #29240391#181538425#20170615122324919 Causa nº

    Año Registro Poder Judicial de la Nación...

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