Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, 17 de Mayo de 2016, expediente FCB 035022001/2011/19/CA008

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A doba, 17 de mayo de 2016.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Incidente de recusación de BARREIRO, E.G. por Privación Ilegal de la libertad agravada (art. 142 inc. 1) en concurso Real con Imposición de Tortura Agravada (art.

144 Ter. Inc. 2) en concurso Real con Homicidio Agravado por placer o codicia” Expte. N° FCB 35022001/2011/19/CA8, venidos a conocimiento de la Sala A de esta Cámara Federal de Apelaciones, a fin de resolver la recusación planteada por la doctora B.O., Defensora Pública Oficial ad hoc en ejercicio de la defensa técnica del encartado G.B., en contra del señor Juez Federal N°3 de Córdoba.

Y CONSIDERANDO:

  1. La Defensora Oficial ad hoc, doctora B.O., en ejercicio de la defensa técnica del señor E.B., insta la recusación del señor Juez Federal N°3, doctor M.H.V.N..

    La Defensora Oficial Ad hoc, comparece acompañando el escrito realizado in pauperis por su defendido E.G.B., donde éste manifiesta su voluntad de recusar al J.D.M.H.V.N..

    De este modo, el imputado B. alude a la conducta del recusado respecto a su posición carente de objetividad, dado que hasta el día de hoy continúa involucrado en actividades que así lo demuestran.

    En este sentido, señala que el mencionado magistrado ha tenido activa participación en las mismas, “Incidente de recusación de BARREIRO, E.G. por Fecha de firma: 17/05/2016 Privación Ilegal de la libertad agravada (art. 142 inc. 1) en Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA concurso Real con Imposición de Tortura Agravada (art. 144 Ter. Inc.

    Firmado por: G.S.M., JUEZA DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS, JUEZ DE concurso 2) en CAMARA Real con Homicidio Agravado por placer o codicia”

    Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO, SECRETARIA DE CÁMARA Expte. N° FCB 35022001/2011/19/CA8 #28061115#152518793#20160517122336929 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A citando a modo de ejemplo: la presentación del libro “Los juicios por sus protagonistas” de R.F.L. en el cual acompañan S.D.T. y H.V.N..

    De ello deduce que su participación en ese evento ha sido en su carácter de ex querellante, lo que demuestra, a su entender, en forma elocuente su pertinacia en tal carácter. En igual contexto, señala la presentación del libro “Mi segundo Exilio” de L.U., el cual presentan A.R. y H.V.N..

    Advierte además que el 6 de noviembre de 2015 el Juzgado Federal N° 3 emitió una resolución negando la prisión domiciliaria al entonces imputado L.M., quien ya tenía concedido dicho beneficio por parte del Tribunal Oral Federal N° 1. Arguye que en los considerandos no deja de reconocer la gravedad del estado de salud de M..

    Aduce que lo inoportuno de la negativa se debe a que a esa fecha -6 de noviembre- la condición de M. era de tal gravedad que había sido desahuciado por el servicio médico del Policlínico Policial, por lo que el deseo de sus familiares era que se permitiera al mencionado estar en su casa rodeado de sus seres queridos, por lo que a su entender, con dicha negativa, se sometió a sus familiares a una especie de práctica de sadismo psicológico y una actitud inhumana.

    Enumera asimismo, casos testigos ocurridos en la jurisdicción. Así menciona el juicio denominado “UP 1”en el año 2010, en relación con la recusación realizada contra el doctor J.M.P.V., hecho motivado solamente por su participación en actos de carácter político relacionados con las ideas de las “Incidente de recusación de BARREIRO, E.G. por Fecha de firma: Privación Ilegal de la libertad agravada (art. 142 inc. 1) en 17/05/2016 Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA concurso Real JUEZA DE CAMARA Firmado por: G.S.M., con Imposición de Tortura Agravada (art. 144 Ter. Inc.

    Firmado por: E.A., JUEZ DE CAMARA con Homicidio Agravado por placer o codicia”

    2) en concurso Real Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO, SECRETARIA DE CÁMARA Expte. N° FCB 35022001/2011/19/CA8 #28061115#152518793#20160517122336929 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A víctimas y denunciantes. En ese sentido alude que la situación del doctor P.V. no era comparable con la del recusado, ya que las razones de ambas recusaciones tienen diferencias abismales y en contra del mismo.

    Otro punto que considera de importancia es la actitud que puede asumir un magistrado a la hora de verse inmerso en situaciones que puedan poner en duda su ecuanimidad; ponderando la actitud del doctor L.R.R., quien declinó participar en causas de lesa humanidad, por entender que tal decisión podía provocar algún conflicto dada su anterior actuación, haciendo contrastar dicha actitud con la del recusado.

    La Defensora Oficial Ad hoc (fs. 83/88) comparece a fin de fundamentar escrito in pauperis en ejercicio de la defensa técnica de E.G.B., alude en primer lugar a la intervención del ahora Juez Federal como querellante particular en otros juicios de lesa humanidad que se tramitaran y tramitan ante el Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba, puntualmente, en la causa “V., J.R. y otros s/ homicidio agravado…”

    (Expte. N° 172/09) y, hasta semanas antes de asumir como Juez, en la causa “M., L.B. s/ Privación ilegítima…” (Expte. N° 136/09).

    Señala que, a fin de acreditar esa participación como acusador particular, se acompañaron oportunamente en otras recusaciones presentadas ante su Juzgado copia digital de la sentencia del TOC N° 1 –donde consta su intervención por el homicidio del padre del señor magistrado- y copia del dossier para la prensa de la causa “M.I.”, elementos que se encuentran “Incidente de recusación de BARREIRO, E.G. por Fecha de firma: 17/05/2016 Privación Ilegal de la libertad agravada (art. 142 inc. 1) en Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA concurso Real con Imposición de Tortura Agravada (art. 144 Ter. Inc.

    Firmado por: G.S.M., JUEZA DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS, JUEZ DE concurso 2) en CAMARA Real con Homicidio Agravado por placer o codicia”

    Firmado(ante mi)...

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