Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 6 de Agosto de 2019, expediente FLP 000793/2016/18

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 793/2016/18/CA11 9613/III La Plata, 6 de agosto de 2019.

VISTO: Este expte. FLP 793/2016/18/CA11, “Incidente de excarcelación de L., E.E., procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1 de Lomas de Z. y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

La defensora oficial solicitó la excarcelación de E.E.L., la fiscal se opuso y el juez la denegó (fs. 1/2 y vta., 4 y vta. y 5/7).

Contra esa decisión se alzó la defensa a fs. 9/14. Alegó que la pena en expectativa no puede ser la pauta legitimante del encierro. A ello añadió que su asistido, al momento de ser detenido, aportó sus datos y no opuso resistencia.

En esa línea, la recurrente detalló que L. tiene trabajo y convive con su grupo familiar.

Por otra parte, la defensa sostuvo que el allanamiento efectuado en su domicilio no tenía por qué generarle la inferencia de que sobre su persona pesaba una orden de detención. Ello por cuanto continuó viviendo en el domicilio y mantuvo el mismo trabajo desde cuatro años a la fecha.

También argumentó que no quedan medidas de prueba en curso que el causante pudiera frustrar.

Por último, se agravió de que el juez no contemplara la posibilidad de aplicar otras medidas menos gravosas, a los fines de garantizar los fines del proceso.

  1. Consideración de los agravios.

Fecha de firma: 06/08/2019 Alta en sistema: 23/08/2019 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #33650228#240576153#20190806122136418 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 793/2016/18/CA11 9613/III 1. Bases normativas y jurisprudenciales en materia de restricción a la libertad durante la etapa de instrucción penal.

De principio, cabe destacar que constituye un criterio consagrado que el derecho de gozar de libertad hasta el momento en que se dicte sentencia de condena no representa una salvaguarda contra el arresto, detención o prisión preventiva, medidas cautelares que cuentan con respaldo constitucional en tanto y en cuanto tiendan a la efectiva realización del proceso penal.

En este sentido -y a diferencia de lo argumentado por la defensa en su recurso-, no se viola el principio de inocencia por el uso de la coerción estatal durante el proceso. Ello es así

porque el axioma que impide la imposición de una pena sin una sentencia judicial que la ordene, no desplaza la posibilidad de que se arbitren medidas razonables -como la prisión...

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