Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 30 de Mayo de 2018, expediente CFP 009789/2000/TO01/16/CFC001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Sala II Causa Nº CFP 9789/2000/TO1/16/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal “G., J.J. s/ recurso de casación”

Registro nro.:

LEX nro.:

Buenos Aires, de mayo de 2018.

VISTOS.

Y CONSIDERANDO:

Que las decisiones de esta Cámara deben atender a las circunstancias existentes al momento de su pronunciamiento aunque sean distintas a las verificables en oportunidad de la interposición del recurso respectivo (Fallos 312:555; 315:123, entre otros).

En el marco de las presentes actuaciones, la defensa ha presentado a fs. 352/376 informes médicos referentes al estado de salud de H.A., que fueron realizados de manera posterior a la decisión que viene impugnada.

Teniendo en cuenta que dicha decisión fue dictada luego de una audiencia contradictoria entre las partes con presencia de los expertos intervinientes; resulta imprescindible que las nuevas circunstancias informadas sean discutidas y analizadas nuevamente bajo ese mismo estándar de contradicción e inmediación; lo cual permitirá también garantizar el derecho al recurso en orden a los nuevos aspectos introducidos. Por ello, corresponde suspender el trámite de las presentes y remitirlas a su procedencia, a sus efectos, máxime teniendo en cuenta el estado actual del proceso y el hecho de que el imputado no está concurriendo a las audiencias, conforme surge de la certificación...

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