Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 19 de Febrero de 2018, expediente CFP 012099/1998/TO01/15

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 12099/1998/TO1/19 Causa nº 1226/10, “C., R.J. y otros s/ administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”

-incidente de autorización para salir del país de Eduardo Novillo Astrada-

TOCF n° 3 Registro nº 7846 Buenos Aires, 19 de febrero de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. F.M.M.P. y J.F.R. dijeron:

  1. La defensa de E.N.A. solicitó que se autorice a su defendido a salir del país por el término de noventa (90) días, por razones laborales y familiares.

    En tal sentido, destacó la decisión de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal de revocar la denegatoria de la autorización para egresar del territorio nacional de S. de la Rúa; el hecho de que aun no se fijó fecha de debate en autos; y la existencia de diversos recursos de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación –originados en el rechazo de la prescripción de la acción penal por parte de la mencionada Sala- “que, de tener acogida favorable, derivaría en la finalización del presente proceso por extinción de la acción penal”.

    Sostuvo que su asistido se encuentra a derecho y dispuesto a regresar del exterior del país para el caso que sea necesario, en forma inmediata (fs. 356).

  2. Corrida la vista pertinente, la señora fiscal general, luego de solicitar que el peticionante Fecha de firma: 19/02/2018 Alta en sistema: 21/02/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.F.S., SECRETARIO DE JUZGADO #29737774#198618882#20180221083011262 adjunte los pasajes de ida y vuelta correspondientes, no se opuso a que se conceda la autorización requerida, siempre que no se fije fecha de debate (fs. 359).

  3. A raíz de las decisiones adoptadas por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal respecto del planteo de prescripción de la acción penal formulado en la presente –en cuanto revocó la resolución del Tribunal que lo había admitido, sobreseyendo a todos los imputados, y luego rechazó los recursos extraordinarios interpuestos por distintas defensas-, así como lo señalado en dicha ocasión, en punto a que el Tribunal debía continuar en forma inminente con la sustanciación del proceso, fijando debate a la brevedad, sostuvimos, en distintos incidentes de autorización para salir del país formados en autos, que debían rechazarse los pedidos en razón de que se había fijado fecha para la celebración de la...

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