Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 18 de Octubre de 2022, expediente COM 026314/2019/15

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

26314/2019/15 - ALL NEW S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO s/

INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO PROMOVIDO POR

BANCO SANTANDER RIO S.A.

Buenos Aires, 18 de octubre de 2022.

1. La concursada apeló la resolución dictada en fs. 302 que, en lo que interesa referir aquí, declaró verificado un crédito a favor del Banco Santander Río S.A. por la suma de U$S 167.215,86 con carácter quirografario (LCQ 248).

El memorial que sostiene el recurso deducido en fs. 303 obra en fs.

305/313, y fue respondido en fs. 315/320 y fs. 324/335 por la incidentista y la sindicatura, respectivamente.

2. L. corresponde señalar que en estos obrados se persiguió el reconocimiento de tres préstamos otorgados por la entidad bancaria a la concursada a efectos de financiar la importación de ciertas mercaderías; ello, por la suma de U$S 167.215,86 comprensiva de capital e intereses.

En ocasión de contestar el planteo de revisión la concursada reconoció los préstamos otorgados en su favor, pero cuestionó la moneda en que éstos fueron reclamados, pues según afirmó, la operación se efectuó

en pesos y no en dólares estadounidenses.

En la sentencia impugnada la juez a quo admitió la revisión con sustento en la documentación acompañada y las conclusiones arribadas por Fecha de firma: 18/10/2022

Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

la perito contadora en su informe de fsd. 257/265 y explicaciones de fsd.

272. En efecto, la magistrada juzgó acreditado que oportunamente la concursada firmó tres contratos con el Banco acreedor a efectos de financiar diversas operaciones de comercio exterior a concretarse en dólares estadounidenses, y que fue la propia entidad bancaria quien efectivizó las respectivas transferencias en la referida moneda.

3. La crítica de la recurrente se concentra exclusivamente en la moneda en que fue reconocida la acreencia, sin que exista controversia en cuanto a su causa, desde que la concursada no desconoció haber acordado con Banco Santander Río S.A. tres préstamos para financiar la importación de diversa mercadería.

Ahora bien, conforme se desprende de la documentación obrante en autos, en fecha 13.12.18 la entidad bancaria acreedora otorgó a All New S.A. un primer préstamo por la suma de u$s 57.112 (dólares estadounidenses cincuenta y siete mil...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR