Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 19 de Mayo de 2020, expediente FSM 135834/2018/TO01/12/CFC002

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FSM

Cámara Federal de Casación Penal 135834/2018/TO1/12/CFC2

O., L.J. s/recurso de casación

Registro nro.:

Buenos Aires, 19 de mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa FSM 135834/2018/TO1/12/CFC2

del registro de esta Sala III, caratulada: “O., L.J. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

La señora juez doctora L.E.C. dijo:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín, provincia de Buenos Aires, con fecha 16 de abril del corriente, denegó el pedido de excarcelación y de morigeración de la prisión preventiva de L.J.O..

  2. Que, contra dicha decisión, el defensor oficial, Dr. L.S.M., interpuso recurso de casación, que fue concedido.

    El asistente técnico oficial solicitó la excarcelación de su asistido y en subsidio, la morigeración de la prisión preventiva, por la pandemia y superpoblación carcelaria, agregando que en el año 2018 O. sufrió un cuadro de neumonía.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;

    314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

    Que en el sub judice, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente Fecha de firma: 19/05/2020

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    fundado que permita hacer excepción a dicho principio general,

    toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición.

    A efectos de mantener el encierro del encausado,

    el tribunal a quo valoró, el requerimiento fiscal de elevación a juicio que le atribuye a L.J.O. el delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de comercio,

    transporte y tenencia con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para su comisión, en calidad de coautor (arts. 5...

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