Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 5 de Noviembre de 2019, expediente COM 030596/2012/113/CA048

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F TRAINMET SEGUROS S.A. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO de REVETRIA, A.S.E.C.N.° 30596/2012/113 Buenos Aires, 5 de noviembre de 2019. MGS Y Vistos:

  1. Vienen las presentes actuaciones para resolver la caducidad de la instancia recursiva planteada a fs. 115, en relación al recurso de apelación deducido a fs. 76 respecto de los honorarios regulados en fs. 75.

    Dispuesta la sustanciación en el grado (v. fs. 114), el traslado no fue contestado por el incidentista.

  2. La cuestión a decidir reenvía a la temática abordada en el plenario de esta Cámara del 29 de agosto de 1990 en los autos "B., H.c.J. s/ ordinario" cuyo reexamen ha sido aprobado por mayoría en la Autoconvocatoria a plenaria dispuesta en punto V del Acuerdo celebrado con fecha 29/4/2019 (JS. 543/19).

    Puntualmente se pondrá en debate si: “corresponde decretar la OFICIAL USO caducidad de la segunda instancia transcurrido el plazo legal, cuando una causa en condiciones de ser elevada a Cámara, no es remitida por omisión del secretario o prosecretario administrativo de la secretaria actuaria” (cfr.

    notificación de Presidencia de esta Cámara en los términos y efectos del art.

    296 CPCC.).

    Consistentemente y por imperio de lo dispuesto por el art. 301 CPCC debe suspenderse el pronunciamiento respectivo hasta tanto recaiga nueva doctrina plenaria (Cfr. esta Sala “Denbau S.A. c/ Fideicomiso Emprendimiento Estrella del Sur/Fiduciaria : Bapro Mandatos y Negocios s/

    ordinario S.A”, Expte. N° 4602/2013, del 29/9/2019).

    Fecha de firma: 05/11/2019 Alta en sistema: 06/11/2019 Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.N.T...

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