Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 5 de Diciembre de 2017, expediente COM 023911/2014/11/CA006

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 23911/2014/11 ALGODONERA SANTA FE S.A. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITO POR GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2017.

En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas en autos por cada uno de los profesionales intervinientes, y con base en el monto económico finalmente verificado, elévase el honorario regulado en fs. 76 a $ 37.150 (pesos treinta y siete mil ciento cincuenta) para la sindicatura, J.U. y Asociados.

Redúcese el estipendio allí fijado a $ 30.400 (pesos treinta mil cuatrocientos)

para el letrado apoderado de la parte concursada, F.M.G.A. (art. 287, ley 24.522 y arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37 y 39, ley 21.839).

Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).

G.G.V.J.R.G.P.D.H.P.D.F.F. de firma: 05/12/2017 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE C.P. de Cámara Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por...

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