Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 19 de Septiembre de 2023, expediente FSM 025781/2023/11/CA006

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa FSM N° 25781/2023/11/CA6, C.: “Incidente Nº

11 - IMPUTADO: ALDANA ABRIGO, C. Y OTRO

s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA”, del Juzgado Federal de Campana, Secretaria Nº 1.

Registro de Cámara: 10.808

M., 19 de septiembre de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega el incidente a estudio de este Tribunal unipersonal, a raíz de la contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal Campana y el Juzgado Federal de Garantías con sede en Tartagal, provincia de Salta.

  2. Puesto resolver la controversia y luego de analizadas las presentes actuaciones, comparto el criterio expuesto por el Fiscal General, en cuanto a que corresponde asignarle competencia en el caso, al último de los juzgados.

Los elementos incorporados al sumario dan cuenta que,

si bien el material estupefaciente fue secuestrado en la localidad de Lima por personal de Gendarmería Nacional que realizaba un procedimiento de prevención de ilícitos, el hecho que diera origen a la pesquisa ocurrió en la provincia de Salta,

donde fueron despachadas las encomiendas conteniendo la sustancia prohibida, con destino en la ciudad de La Plata y retiradas –mediante entrega controlada- por los encausados C.A.A. y R.I.R.P..

Ello, más allá de que, como afirma el magistrado que rechazó la competencia, no hayan sido constatados los domicilios que se encontraban explicitados en las encomiendas.

-1-

Fecha de firma: 19/09/2023

Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: D.E.F., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa FSM N° 25781/2023/11/CA6, C.: “Incidente Nº

11 - IMPUTADO: ALDANA ABRIGO, C. Y OTRO

s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA”, del Juzgado Federal de Campana, Secretaria Nº 1.

Registro de Cámara: 10.808

En tal sentido, debe ponderarse que las encomiendas en cuestión provenían de la localidad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta.

Por otro lado, cabe destacar que las personas con quienes los imputados mantuvieron comunicación telefónica durante el desarrollo del hecho, registran abonados con prefijos de Bolivia y de J., a la vez que cuanto menos el segundo de ellos exhibió aperturas de celda en la provincia de Salta.

Así, se entiende que el Juzgado Federal con jurisdicción en esa provincia cuenta con la inmediatez necesaria para investigar los actos que dieran inicio al transporte del material...

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