Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 21 de Febrero de 2019, expediente FMZ 028618/2018/11

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 28618/2018/11 Mendoza, 21 de febrero de 2019

AUTOS Y VISTOS:

La constitución del Tribunal en los presentes autos Nº FMZ

28618/2018/11/CA7, caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION

EN AUTOS GARECA, E. p/ INFRACCION LEY

23.737”, pasados al acuerdo a fs. sub. 47, para resolver sobre la presentación

formulada por la Defensa Técnica de la encartada, E. a

fs. sub. 46.

Y CONSIDERANDO:

I.Que a fs. sub. 38/43, se dispuso: “…2º) HACER LUGAR al

recurso de apelación interpuesto a fs. sub 32 y vta. por la defensa de Eusebia

Deolinda Gareca, y en consecuencia revocar la resolución obrante a fs. sub

29/31 vta. en autos Nº FMZ 28618/2018/11/CA7, concediendo la

excarcelación previa rendición de caución real que se fije en la suma de

100.000 (cien mil) pesos, imponiendo las siguientes pautas previstas en el art.

310 en lo pertinente, y asimismo la prohibición de salida del país, que deberá

ser transmitida a las fuerzas policiales de seguridad y a la autoridad

migratoria correspondiente, la prohibición de vincularse con aquellas

personas que se encuentren imputadas y/o procesadas o de algún modo

vinculadas a la presente investigación, presentarse quincenalmente ante la

autoridad policial o de la Justicia Federal con competencia en la ciudad de

Salta conforme disponga el Magistrado de la anterior instancia, todo ello

bajo apercibimiento de, en caso de incumplimiento, se procederá a revocar la

libertad concedida, difiriendo los fundamentos de la resolución los que se

darán por escrito dentro de cinco días en los términos del Art. 455, 3º párrafo

del C.P.P.N….”.

Que a fs. sub. 46, se presenta la defensa técnica de la encartada,

solicitando el cambio de modalidad para la caución fijada por esta Alzada en

la audiencia ut supra transcripta, solicitando el cambio de modalidad de

caución a una caución personal atento a las condiciones personales y

Fecha de firma: 21/02/2019 Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.E.C. DE DIOS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #32878037#227488554#20190221103507317 económicas de la su asistida, señalando que dicha caución será rendida por los

abogados patrocinantes contando con la solvencia suficiente para ello.

Que corrida vista de la presentación, el Sr. Fiscal General

dictaminó favorablemente, fundado en los términos indicados en la pretensión

defensiva.

Que en merito a lo peticionado...

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