Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 21 de Febrero de 2019, expediente FMZ 028618/2018/11
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 28618/2018/11 Mendoza, 21 de febrero de 2019
AUTOS Y VISTOS:
La constitución del Tribunal en los presentes autos Nº FMZ
28618/2018/11/CA7, caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION
EN AUTOS GARECA, E. p/ INFRACCION LEY
23.737”, pasados al acuerdo a fs. sub. 47, para resolver sobre la presentación
formulada por la Defensa Técnica de la encartada, E. a
fs. sub. 46.
Y CONSIDERANDO:
I.Que a fs. sub. 38/43, se dispuso: “…2º) HACER LUGAR al
recurso de apelación interpuesto a fs. sub 32 y vta. por la defensa de Eusebia
Deolinda Gareca, y en consecuencia revocar la resolución obrante a fs. sub
29/31 vta. en autos Nº FMZ 28618/2018/11/CA7, concediendo la
excarcelación previa rendición de caución real que se fije en la suma de
100.000 (cien mil) pesos, imponiendo las siguientes pautas previstas en el art.
310 en lo pertinente, y asimismo la prohibición de salida del país, que deberá
ser transmitida a las fuerzas policiales de seguridad y a la autoridad
migratoria correspondiente, la prohibición de vincularse con aquellas
personas que se encuentren imputadas y/o procesadas o de algún modo
vinculadas a la presente investigación, presentarse quincenalmente ante la
autoridad policial o de la Justicia Federal con competencia en la ciudad de
Salta conforme disponga el Magistrado de la anterior instancia, todo ello
bajo apercibimiento de, en caso de incumplimiento, se procederá a revocar la
libertad concedida, difiriendo los fundamentos de la resolución los que se
darán por escrito dentro de cinco días en los términos del Art. 455, 3º párrafo
del C.P.P.N….”.
Que a fs. sub. 46, se presenta la defensa técnica de la encartada,
solicitando el cambio de modalidad para la caución fijada por esta Alzada en
la audiencia ut supra transcripta, solicitando el cambio de modalidad de
caución a una caución personal atento a las condiciones personales y
Fecha de firma: 21/02/2019 Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.E.C. DE DIOS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #32878037#227488554#20190221103507317 económicas de la su asistida, señalando que dicha caución será rendida por los
abogados patrocinantes contando con la solvencia suficiente para ello.
Que corrida vista de la presentación, el Sr. Fiscal General
dictaminó favorablemente, fundado en los términos indicados en la pretensión
defensiva.
Que en merito a lo peticionado...
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