Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 28 de Junio de 2016, expediente COM 086657/2002/109/CA114

Fecha de Resolución28 de Junio de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 86657/2002 Incidente Nº 109 - BANCO GENERAL DE NEGOCIOS S.A. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE DISTRIBUCION DE FONDOS (5° DISTRIBUCION)

Juzg. 1 S.. 2 13-2-4 Buenos Aires, 28 de junio de 2016.

Y VISTOS:

  1. Suben las presentes actuaciones a la Sala para revisar las regulaciones de honorarios practicadas a fs. 575 y 584.

  2. Los emolumentos del doctor G.J.R., en su condición de letrado patrocinante del Estudio Dra. M.C.R. & Asociados y correspondientes a la quinta Distribución de fondos, se encuentran incluidos en los estipendios fijados el 20.12.13 a favor del patrocinio de dicha sindicatura en los autos caratulados “Banco General de Negocios S.A.

    s/quiebra s/distribución de fondos s/incidente de apelación –quinta distribución-“, E.. N° 99377 (v.

    fs. 402/3), habiéndose consignado únicamente a la Dra.

    M.C.R., cuando, en realidad, el patrocinio también fue ejercido por el mencionado profesional.

    Fecha de firma: 28/06/2016 Por lo expuesto, déjese sin efecto la Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.K.F., Firmado por: M.E.B., Expte. N° 86657/2002 P.. 1 Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA #24510781#156607954#20160630141259249 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional regulación de honorarios practicada a fs. 575.

  3. Sentado lo anterior, siguiendo las pautas fijadas en la resolución precedentemente...

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