Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 3 de Mayo de 2016, expediente FCB 035021479/2011/10/CA003

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2016
EmisorSala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B 35021479/2011 doba, 03 de mayo de 2016.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “Incidente de recusación de M., L.S.; A.; O.R.; M., L.B.; C., L.D. y otros en autos:

M., L.S.; A.; O.R.; M., L.B., por privación ilegal de libertad agravada, imposición de tortura agravada y homicidio agravado por fuerzas de seguridad” Expte. N° FCB 35021479/2011/10/CA3, venidos a conocimiento de la Sala B de esta Cámara Federal de Apelaciones, a fin de resolver la recusación planteada por la doctora B.O., Defensora Pública Oficial ad hoc en ejercicio de la defensa técnica de los señores L.B.M., L.S.M., A.C.L., J.G.N., J.E.G., H.H.L.C., R.A.C., C.A.Y., C.L.F., J.H.A., E.R.M., Y.J., J.I.V., R.A.C., J.N.A., C.O. y E.M.; y el doctor G.D.T. en carácter de defensor de O.R.A. y L.D.C., en contra del señor Juez Federal N°3 de Córdoba.

Y CONSIDERANDO:

  1. La Defensora Oficial ad hoc, doctora B.O., en ejercicio de la defensa técnica de los señores L.B.M., L.S.M., A.C.L., J.G.N., J.E.G., H.H.L.C., R.A.C., C.A.Y., C.L.F., J.H.A., Fecha de firma: 03/05/2016 Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO , Secretaria de Cámara #24612350#151494267#20160503111341964 E.R.M., Y.J., J.I.V., R.A.C., J.N.A., C.O. y E.M.; y el doctor G.D.T. en carácter de defensor de O.R.A. y L.D.C., imputados en los autos: “Moreno de las Mercedes s/denuncia” (Expte. N° 22.594/2012), instan la recusación del señor Juez Federal N°3, doctor M.H.V.N..

    La Defensora Oficial Ad hoc, recusante, alude en primer lugar a la intervención del ahora Juez Federal como querellante particular en otros juicios de lesa humanidad que se tramitaran y tramitan ante el Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba, puntualmente, en la causa “V., J.R. y otros s/ homicidio agravado…” (Expte. N° 172/09) y, hasta semanas antes de asumir como Juez, en la causa “M., L.B. s/ Privación ilegítima…” (Expte. N° 136/09).

    Asimismo, señaló la participación del Dr. Vaca Narvaja en la causa “La Perla”, donde acusó requiriendo la elevación a juicio de las causas “Herrera” y “A.” que integran aquella, participando como querellante en el debate durante toda la primera mitad del año 2014.

    También se refirió a las manifestaciones a la prensa que el señor J. hizo, donde sugería que sólo iba a excusarse respecto de aquellos imputados que acusó.

    A su vez, la Defensora ad hoc señaló que el ahora Titular del Juzgado Federal N°3 de Córdoba, acusó a quienes la jurisprudencia sindica como protagonistas del denominado “plan sistemático”, pidiendo condena a los autores mediatos de los hechos (V., M. y algunos miembros del Estado Mayor), lo que impide, según la letrada, considerar que pueda ser Fecha de firma: 03/05/2016 Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: CAROLINA PRADO , Secretaria de Cámara #24612350#151494267#20160503111341964 “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B imparcial con los autores materiales de los hechos, dentro de los cuales se encontrarían sus defendidos.

    Por otro lado, la doctora B.O. hace referencia a la historia personal del ahora Magistrado, signada por los avatares que debió pasar él y su familia como consecuencia del llamado “proceso de reorganización nacional”, tales como las privaciones de la libertad y asesinatos de su padre y abuelo, como también la decisión que adoptó todo su grupo familiar de exiliarse en México, incluido él con 9 años de edad, debido a la persecución que padecían. A los fines de reforzar su pretensión, la Defensora ad hoc acompañó copias de dossier de prensa en la causa “Menéndez III” (megacausa La Perla) y sentencia de causa “V.” en CD. Además, copias del periódico “infojus noticias” (fs.9/14).

    Por su parte, el doctor D.H.T., en su carácter de defensor de O.R.A. y L.D.C., señaló que M.H.V.N. ha manifestado en distintos medios de prensa que él es una víctima de ese plan sistemático. Sin embargo como podría señalarse que en realidad fue la sociedad argentina quien fue víctima, esto impediría a cualquier ciudadano juzgar a los partícipes de ese “plan”.

    Alude asimismo que M.H.V.N. ha sido además querellante, acusador en los autos “A.G.A. y otros p.ss.aa. tormentos, etc..” (E.. 17.468), donde L.B.M. y G.N. fueron condenados como responsables de haber matado a su...

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