Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 5 de Mayo de 2022, expediente CCF 003654/2022/1/CA001

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAUSA CCF N° 3.654/2022/1 INCIDENTE DE

RECUSACIÓN/EXCUSACIÓN DE HUANG, RUIHUA EN AUTOS

HUANG, RUIHUA s/ OPCIÓN DE NACIONALIDAD

. JUZGADO 9,

SECRETARÍA 18.

Buenos Aires, 5 de mayo de 2022.

1) Proveyendo a la presentación del 23 de abril de 2022:

No evidenciándose error alguno de la oficina de asignación de causas en las sucesivas reasignaciones de los autos (el expediente principal fue asignado ab initio al juez N., a quien la presentante recusó sin causa,

generando su pase al juzgado del magistrado M. -quien fue recusado con causa-, encontrándose en la actualidad radicado en el juzgado a cargo de la jueza M., hasta tanto se resuelva el presente incidente), y advirtiéndose que las restantes manifestaciones sentadas implican la profundización de los argumentos expuestos al formular la recusación del magistrado M., corresponde desestimar in limine el planteo de nulidad articulado (art. 173 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Ello máxime cuando, en el actual estado de la cuestión, dicha formulación resulta claramente improcedente y extemporánea.

ASÍ SE DECIDE.

2) VISTO: el incidente de recusación con causa del juez A.P.M., planteada en el escrito de demanda por el letrado apoderado de la peticionaria de la ciudadanía argentina, doctor C.D.R.P.; y CONSIDERANDO:

  1. El 29 de marzo de 2022, la señora R.H., nacida en China, inició la solicitud de carta de ciudadanía ante el Juzgado n° 11,

    Secretaría n° 22 del Fuero. Toda vez que el juez allí interviniente (D.N.

    fue recusado sin causa y por intermedio de la Oficina de Asignación de Fecha de firma: 05/05/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Causas, se dispuso su remisión al juzgado n° 6, secretaría 12, donde fue designado juez subrogante el magistrado M..

    En el escrito de inicio, en el otrosidigo 4, la presentante recusó al citado juez, aduciendo que “en la solicitud de W.L. fue descubierto escondiendo respuestas de informes del RNR para eludir el dictado de la sentencia (…) por lo que M. no brinda la garantía de confianza que se le exige en una sociedad democrática ya que no se comporta como un abogado y demuestra desesperación por no reconocer derechos” (ver escrito de inicio en expediente principal a través del sistema LEX 100).

    El 1 de abril de 2022 el juez de grado dispuso formar el presente...

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