Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 23 de Julio de 2020, expediente FTU 027954/2019/1/CA002

Fecha de Resolución23 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

27954/2019 - Incidente Nº 1 - SOLICITANTE: C.A.I., GARZON

s/INHIBITORIA/EXCUSACION

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, de 2020.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha 27 de febrero de 2020, y CONSIDERANDO:

I) Que la Sra. F. General de la provincia de Santiago del Estero interpone recurso de apelación en contra de la sentencia de fecha 27 de febrero de 2020, dictada por el Sr. Juez Federal nº 2 de Santiago del Estero, en cuanto dispone: “I) NO

HACER LUGAR al pedido de excusación para entender en los presentes actuados, formulado por la Dra. I.G., F.S. de la F.ía Federal N° 2”.

Esgrime la recurrente que el rechazo de su excusación adolece de fundamentación, se aparta de los hechos invocados y de las normas y criterios jurisprudenciales aplicables, por lo que entiende que el a quo resolvió de un modo arbitrario generando un claro y concreto precedente de gravedad institucional y de strepitus fori.

Manifiesta que con la creación de la Unidad F. Federal de Santiago del Estero, ambas F. –la del Dr. Simón y la que se encuentra a cargo de la recurrente- pasaron a co-

gestionar administrativa y funcionalmente todos los recursos humanos y materiales de la jurisdicción.

Fecha de firma: 23/07/2020

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

1

27954/2019 - Incidente Nº 1 - SOLICITANTE: C.A.I., GARZON

s/INHIBITORIA/EXCUSACION

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Señala en relación a ello que los empleados que originalmente ingresaron en dependencias de la F.ía Federal Nº

1, en 1a F.ía General ante el Tribunal Oral y en la Unidad de Derechos Humanos, comenzaron a trabajar en distintas áreas temáticas de investigación y litigio, pasando a depender conjunta e indistintamente del Dr. Simón y de 1a recurrente.

Esgrime que dicha circunstancia, afecta su fuero íntimo para actuar con la debida objetividad y ajenidad. En concreto, investigar los ilícitos que se le enrostran al F.S. coloca a la excusante en condiciones de severa violencia moral.

Alega que el sentenciante, luego de vaciar de contenido e1 fundamento de su excusación y limitarlo a la “cordialidad y frecuencia en el trato", consideró que ello mal podía constituir causal de excusación Aduce que lo cierto es que la co-gestión de la Unidad F. Federal y la consecuente frecuencia de trato amistoso con su colega en los últimos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR