Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 24 de Abril de 2023, expediente COM 006883/2021/1/CA001

Fecha de Resolución24 de Abril de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala B

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

6883/2021/1 - TREJO, M.M. c/ MI PRIMER VIVIENDA

SRL s/ ORDINARIO s/INCIDENTE DE APELACION

Juzgado N°28 - Secretaría N°56

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. Viene a estudio del Tribunal el recurso de apelación deducido contra la regulación provisoria de honorarios fijada al ex letrado apoderado de la parte demandada quien, constatándose de las actuaciones principales compulsadas oficiosamente por este Tribunal mediante el sistema informático Lex100, renunció a fs. 156.

  2. En atención a lo expresamente dispuesto por el artículo 12 de la ley 27.423 en lo que a su procedencia y cuantía se refiere y ponderando la extensión de las tareas efectivamente cumplidas y las sumas comprometidas:

    se confirman en 7,50 UMA -equivalentes a ciento once mil novecientos noventa y siete pesos con cincuenta centavos ($ 111.997,50)- los emolumentos del Dr. P.R.H. (arts. 12, 15, 16 inc. a) y 21 de la ley 27.423; Ac. 9/23 CSJN).

  3. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11 y 38/13 CSJN.

  4. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.

    Fecha de firma: 24/04/2023

    Alta en sistema: 25/04/2023

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

  5. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía nº 6

    (conf. Art. 109 RJN).

    M. GUADALUPE VÁSQUEZ

    MATILDE E. BALLERINI

    ADRIANA MILOVICH

    Prosecretaria de Cámara Fecha de firma: 24/04/2023

    Alta en sistema: 25/04/2023

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

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