Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 25 de Agosto de 2022, expediente CFP 000376/2022/1/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2022
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 376/2022/1/CA1

CCCF- Sala 2

CFP 376/2022/1/CA1

S D, F M s/ nulidad

Juzg. F. n° 8 – S.. n° 15

Buenos Aires, 25 de agosto de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. M.I. y E.F. dijeron:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por el Sr. Fiscal, Dr. G.D.P., contra la resolución mediante la cual se resolvió declarar la nulidad del allanamiento llevado a cabo sobre el domicilio sito en la calle R. nº …. depto. “..”, de esta urbe.

  2. En este incidente se discute la validez del registro realizado por personal policial del departamento de S D, ubicado en un edificio de la calle R. de esta ciudad, donde a la postre se secuestraron plantas de marihuana. Vale hacer notar que el operativo se produjo luego de que la fuerza pública detuviera a varios sujetos que habían ingresado -de manera ilegal y mediante escalamiento- a un departamento lindero al del imputado.

    Para el juez de grado, las circunstancias en las que se produjo ese registro -sin orden judicial- impiden situar el acto en alguna de las excepciones previstas en el artículo 227 del Código ritual, mientras que para el fiscal lo obrado encontraría respaldo en esa norma, regulatoria del derecho constitucional que el instructor estimó afectado en el caso concreto.

  3. Las constancias de la causa revelan que el procedimiento en disputa ocurrió del siguiente modo:

    1. el 8 de enero de este año una persona se comunicó al 911 para denunciar que un grupo de individuos estaba escalando el edificio ubicado en frente de su vivienda, con el evidente fin de ingresar en él de manera ilegal.

      En función de esa noticia, personal policial de la Comisaría Vecinal 12-A se presentó en el lugar.

      Fecha de firma: 25/08/2022

      Alta en sistema: 26/08/2022

      Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

      Firmado(ante mi) por: G.G.M., SECRETARIO DE CÁMARA

    2. Al llegar, observaron a dos sujetos sobre la calle R., quienes al percatarse de su presencia se dieron a la fuga. Estas personas fueron detenidas en la calle L. al …., mientras se dirigían en sentido a la Avenida General Paz.

    3. Una vez asegurada la aprehensión de los sospechosos, los agentes regresaron al sitio denunciado y analizaron las características del edificio en el que se habría producido el escalamiento.

      En ese lapso se entrevistaron con el individuo que realizó la denuncia al 911, quien dijo que en los instantes previos a la llegada del móvil, 3 sujetos habían trepado el inmueble, siendo que los otros dos -para ese entonces detenidos- habían permanecido en la vereda actuando como “campanas”.

    4. Frente a ese escenario, existiendo razones para pensar que las tres personas que acababan de escalar el edificio permanecían en alguno de sus departamentos, dos agentes policiales procuraron interceptarlos. Para hacerlo, debieron trepar el inmueble siguiendo el mismo camino que utilizaron los perpetradores.

    5. Al llegar al segundo piso de la estructura (luego de ascender por la planta baja y el primer piso, que contaban con rejas de seguridad), divisaron a dos...

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