Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 17 de Mayo de 2018, expediente COM 007118/2017/1

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F “TIERRA PAMPA SA S/CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE DE APELACION”

EXPEDIENTE COM N° 7118/2017/1 VG Buenos Aires, 17 de mayo de 2018.

Y Vistos:

  1. Apeló la concursada el pronunciamiento de fs. 60/3 que, a pedido del Sr. F.M.G. -actor en la ejecución hipotecaria n°10170/2012- revocó el decisorio por el cual había ordenado la suspensión de la subasta allí decretada en los términos del art. 24 LCQ.

    El memorial de agravios corre en fs. 66/69 y fue respondido por la Sindicatura en fs. 72/76.

  2. Aunque a criterio de los firmantes hubiera correspondido sustanciar con el Sr. G. la fundamentación del recurso en idénticos términos a los dispuestos con el funcionario sindical (en atención a la opinabilidad que suscita la notificación ministerio legis de las providencias USO OFICIAL actuariales a quien, en definitiva, resulta actualmente un tercero ajeno al proceso) habrá de prescindirse de suplir tal circunstancia en función de cómo seguidamente se resolverá la proposición.

    En efecto, en el análisis que compete realizar a esta Sala (arg.

    art. 277 CPr.) cobra incidencia decisiva con la materia sometida a análisis la circunstancia de que el remate judicial se llevó a cabo el 7/11/2017.

    Se acompañó el boleto de compraventa judicial donde surge que resultó adquirente el Sr. Aldo F.G. en su carácter de último postor y oferente de U$S 1.900.000, quien no integró seña por hallarse autorizado para compensarla (v. fs. 34/5).

    Fecha de firma: 17/05/2018 Alta en sistema: 18/05/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #31199996#202572863#20180515102650432 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F En este cuadro de situación y frente al hecho material consumado de la subasta judicial, estímase inconducente abrir juicio sobre la procedencia -o no- de la suspensión de tal acto pasado (cfr. esta S., 20/12/2012, "Geoallianz SRL s/concurso preventivo s/incidente de apelación art. 250 CPCC" Exp. COM31531/2012, arg. Fallos...

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