Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 19 de Septiembre de 2018, expediente CIV 073034/2015/1

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

73034/2015. Incidente Nº 1 - REQUIRENTE: BRAVO, GUSTAVO

SERGIO REQUERIDO: ZULKOUSKI, N.L. s/

BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2018.- RM fs. 115

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones fueron elevadas al Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por el coactor A.N.B. contra el decisorio de fojas 98/99.

La procedencia del beneficio de litigar sin gastos debe juzgarse en relación directa con la importancia de la demanda en la que intervendrá el peticionario, pues está destinado a asegurar la defensa en juicio, que se vería frustrada si no se contara con los medios necesarios para afrontar los gastos que comportan. De allí que el legislador haya delegado en el prudente arbitrio judicial la apreciación de la prueba, pudiendo el juez acordar el beneficio total o parcialmente o, en su caso, denegarlo, según la cuantía de los ingresos, si los hay, y en función de la importancia económica del juicio.

De las constancias del proceso se desprende que el coactor A.N.B. no es titular de bienes inmuebles, ni de bienes muebles registrables.

Del recibo de sueldo obrante a fojas 33 surge que percibe un total neto mensual de $ 31.143.

La evaluación de la prueba producida en los presentes lleva a este Tribunal a concluir que corresponde otorgar en un 100% el beneficio de litigar sin gastos solicitado por el coactor A.N.B..

En...

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