Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 8 de Febrero de 2023, expediente FMP 000069/2023/1/CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación 69

Mar del Plata, 08 de febrero de 2023.-

VISTOS:

Los autos caratulados “Incidente de Excarcelación de A.D. P., M.V.,

provenientes del Juzgado Federal Nro.3 de Mar del Plata, Secretaría Penal Nro.8, registrados con el Nro. FMP 69/2023/1/CA1, para decidir en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. N.E.C., en representación de M..V..A..D.. P.., contra la decisión del juez de grado que no hizo lugar al pedido de excarcelación efectuado por el Dr. P.N.S..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la recurrente sostuvo como motivo de agravio que no fueron abordados los argumentos esgrimidos en la solicitud de excarcelación respecto a que existen elementos que hacen pensar una eventual improcedencia de la extradición o a que en la notificación roja de Interpol no se señala si el requerido es imputado o condenado y en su caso las penas que implicaría.

    Asimismo se agravió de que se considere que el causante no haya demostrado arraigo ni ocupaciones u empleos actuales cuando, a su criterio, ello debe ser actividad de la judicatura. Y ese sentido advirtió que A.. D.. P.. vive en un domicilio fijo y se encuentra ocupado como camarero, lo cual no ha sido controvertido en la causa.

    Agregó que no puede considerarse obstáculo para otorgar la excarcelación el hecho de que se diligenció vía diplomática la comunicación dirigida a las autoridades judiciales brasileñas a fin de solicitarle la remisión de todos los recaudos necesarios a los efectos de dar curso al trámite de extradición del detenido porque ello es el trámite normal que llevan este tipo de procesos y nada indica acerca de la peligrosidad procesal del requerido.

    Finalmente, entendió que ni de las constancias agregadas a estos autos,

    ni de las circunstancias personales del nombrado surgen elementos reales que permitan Fecha de firma: 08/02/2023

    Alta en sistema: 09/02/2023

    Firmado por: R.O.J., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

    presumir que entorpecerá eventualmente la realización de la extradición, por lo que consideró

    que mantenerlo encarcelado resulta una coerción innecesaria, desproporcionada y no respeta el estado jurídico de inocencia, y citó normas constitucionales y convencionales.

  2. Que radicadas las actuaciones a este Tribunal y luego de haberse cumplido con los trámites procesales de rigor, quedaron a fojas que anteceden los presentes autos en condiciones de ser resueltos.

  3. Que tras un detenido análisis de las cuestiones traídas a resolver,

    estamos en condiciones de adelantar que la resolución recurrida será confirmada, de acuerdo a los fundamentos que pasaremos a exponer.

    Conforme detallara el a quo, las actuaciones principales se originaron en la detención de M.

  4. A. D. P.llevada a cabo el pasado 1../01/20.. El nombrado es de nacionalidad brasileña y la medida se adoptó con motivo de la alerta de notificación roja emitida por Interpol por la que se requería su detención con fines de extradición en el marco de la orden librada por el Juzgado en lo Penal Nro. 5 de T.P. el 07/10/20…para su sometimiento a proceso dado su carácter de “prófugo” vinculado con los hechos que allí se le imputan, constitutivos de abuso sexual a menores de edad, con una pena máxima de 1… años de prisión. En ese contexto, el 18/01/20… se celebró la audiencia prevista en el art. 49 de la ley 24.767.

    El magistrado, luego de un repaso por la normativa vigente que rige en materia de libertad durante el proceso (arts. 14, 18 y 28 CN; arts. 210, 221 y 222 CPPF; y el precedente de la CNCP en el Plenario Nro. 13 “D.B.”) valoró el momento en que se adoptó la decisión cuestionada en cuanto nos encontramos en los albores de un proceso de extradición iniciado a partir de la detención del nombrado en virtud...

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