Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 27 de Octubre de 2021, expediente CCC 016850/2019/25/1/CA017

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CCC 16850/2019/25/1/CA17

CCC 16850/19/25/1

Dr. Bruglia, L. s/

recusación

J.. Fed. n° 1 – S.. n° 1.

Buenos Aires, 27 de octubre de 2021.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- El querellante C.L., a través de sus apoderados D.. F.L. y J.P. De Feo, planteó la recusación del Dr. L.B..

II- Este es el cuarto planteo de apartamiento del Dr. Bruglia. Como recordé en el último que me tocó resolver, es doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las recusaciones manifiestamente improcedentes deben ser rechazadas sin sustanciación (ver Fallos, 244:506; 248:390; 270:415; 274:86; 287:464; 314:416, entre otros).

Tal la situación que, nuevamente, se presenta en el caso. Procederé en sintonía con cuanto dispuse antes (CCC 16850/19/18/1 del 24/8/21).

Ello así, porque la pretensión es tardía y repetida.

Tardía, porque la parte contó con múltiples oportunidades para introducirla previamente, dado que el magistrado cuya recusación se promueve intervino en muchos incidentes de la causa,

primero subrogando en la Sala II y luego integrándola frente a la existencia de disidencias.

Y repetida, porque la misma circunstancia (actuación del juez en un proceso radicado en la Sala I) fue traída a colación (aunque sea con enfoque distinto) cuando otro acusador privado promovió por segunda vez el apartamiento del vocal de esta Cámara, lo que fue rechazado tanto en la instancia de definición que prevé la ley (resolución del 10 de mayo de 2021 adoptada por el Dr. P.B.)

como por la Casación (Sala III CFCP, decisión del 7 de julio de 2021).

Lo mismo con relación a la restante circunstancia invocada por la querella (vía recusación y, subsidiariamente,

Fecha de firma: 27/10/2021

Alta en sistema: 03/11/2021

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.A.P., SECRETARIO DE...

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