Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 14 de Septiembre de 2017, expediente FMP 032005586/2009/1/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA Expte. nro. 32005586/2009. Incidente Nº 1 - NN: R., M.P. s/INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE ACCION PENAL del Plata, 14 de septiembre de 2017 Y VISTA:

La presente causa caratulada “Incidente de Prescripción de Acción Penal (A.R.M.P. por Uso de documento adulterado o falso (art. 296 CP) Falsificación de Documentos públicos” procedente del Juzgado Federal 3 de Mar del Plata, registrada con el Nº

32005586/2009/1 en la Secretaría Penal de esta Cámara Federal de Apelaciones.

CONSIDERANDO:

I) Los autos llegan a estudio de este Tribunal a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa de la Sra. M.P.R., contra la resolución de fojas 11/12 que rechaza el planteo de excepción de previo y especial pronunciamiento efectuado por la Dra. R.M., quien entiende que de las constancias de la causa habría operado la extinción de la Acción penal por prescripción en relación al hecho identificado con el Nº1 esto es constitutivo del delito artículos 292 y 174 inc. 5 del Código Penal.

La recurrente centra su agravio sosteniendo que el juez de grado ha efectuado una errónea interpretación de la ley de fondo aplicable para el caso por entender que en casos de concursamiento ideal de delitos (art. 67 CP), debe tomarse como referencia temporal la pena máxima prevista, entre todas las figuras confluentes, por la más severamente reprimida.

Insiste la defensa en que los delitos descriptos en el hecho 1 y endilgados a su defendida siguiendo la teoría del paralelismo se encontrarían prescriptos (art. 67 último párrafo CP.)

El representante del Ministerio Fiscal, Dr. D.A., discrepa con la defensa y entiende que los agravios deben ser rechazados y por lo tanto confirmada la resolución dictada por el juez de grado. Para ello expone que el hecho investigado resulta constitutivo del delito de defraudación contra la administración pública en concurso ideal con el delito de falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas, según los tipos penales Fecha de firma: 14/09/2017 Alta en sistema: 20/09/2017 Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., #28738941#183984960#20170918130815389 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA establecidos en los artículos 292 y 174 inc. 5º del CP, y que al encontrarnos frente a un mismo hecho que encuadra en distintas figuras legales, se deberá estar al plazo de prescripción...

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