Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 23 de Noviembre de 2022, expediente COM 032274/2009/1/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

32274/2009/1 - BY FREE S.R.L. s/ QUIEBRA s/INCIDENTE DE

VERIFICACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Juzgado N°19 - Secretaría N°38

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 21.839, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re: “Dikelon S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión de crédito por C.C.A. del 05.11.2019; in re: “Majo Construcciones S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de verificación tardía por SRT” del 22.10.2020; in re: “Rona Plast S.R.L. s/

    concurso preventivo s/ inc de verificación de crédito por AFIP” del 29.12.2020;

    in re: “Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. s/ concurso preventivo s/ inc.

    de revisión por N.C..” del 07.04.2021, entre otros; por aplicación del fallo de la CSJN in re: “Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.2018).

  2. En orden a ello, ponderando la calidad y extensión de los trabajos realizados se confirman por el sentido del recurso -apelación por altos- en cuatrocientos noventa pesos ($ 490) los honorarios del ex sindico, M.D..

    Se elevan a cinco mil pesos ($ 5.000) los estipendios de la sindico, S.C. y a siete mil pesos ($ 7.000) los de su letrado patrocinante, Dr. E.R. (arts. 6, 7, 9, 19 y 33 de la ley 21.839).

    Fecha de firma: 23/11/2022

    Alta en sistema: 24/11/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

  3. Finalmente, ponderando los trabajos realizados por el perito contador, se elevan a cinco mil pesos ($ 5.000)- los emolumentos del perito M.A.D. (art. 3 D/L 16.638/57).

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11 y 38/13 CSJN.

  5. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de...

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