Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 10 de Septiembre de 2021, expediente COM 012550/2019/1/CA002

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

12550/2019 - Incidente Nº 1 - CABOSCH S.A s/ CONCURSO PREVENTIVO s/

INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO DE NATAL METAL SA

Juzgado N° 12 - Secretaría N° 24

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2021.

Y VISTOS:

  1. La incidentista apeló la resolución de fs. 290/91, que declaró operada en autos la caducidad de la instancia. Su memorial de fs. 296 fue contestado a fs. 298 por la concursada y a fs. 304 por la sindicatura.

  2. Desde la providencia de fs. 280 (10.02.21) hasta el acuse de perención formulado el 04.06.21 (v. fs. 281), transcurrió el plazo previsto por el art. 277 de la LCQ, sin que se registraran actuaciones impulsorias de la insinuante.

    Las quejas de la apelante, que sostienen que la causa se encontraba en condiciones de ser resueltas a la fecha del acuse, no son admisibles a los fines pretensos.

    Ello así, por cuanto contrariamente a lo sostenido en su memorial, el escrito mediante el cual se desistió de la prueba informada a fs. 281 como pendiente, fue presentado el 10.06.21, esto es con posterioridad al planteo de la concursada (v. fs.

    284).

  3. Por lo expuesto, se rechaza el recurso de fs. 294 y se confirma la resolución apelada, con costas.

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN.

  5. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según...

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