Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 20 de Septiembre de 2017, expediente COM 034936/2001/1

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 34936/2001/1 – S.G. CONSTRUCCIONES SA S/ QUIEBRA S/

INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL DE IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES S.A.

Juzgado n° 25 - Secretaria n° 50 Buenos Aires, 20 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

  1. Apeló la acreedora hipotecaria el decisorio de fs. 924/927, en cuanto declaró la preferencia de la deuda por expensas pos concursales sobre su crédito. Su memoria de fs. 935/937 fue respondida por el adquirente en subasta (fs. 939), el consorcio de propietarios (fs. 943/944) y la sindicatura (fs.

    952/953).

    La Sra. Fiscal General de Cámara dictaminó a fs. 959/960.

  2. Los fundamentos del dictamen fiscal que esta S. comparte y a los que se remite por economía procesal, sustentan adecuadamente la desestimación del recurso, tiene dicho esta Sala (in re, “A.I. y Cía. s/

    quiebra s/ incidente de realización de bienes”, 1-4-11; y sus citas) que la deuda por expensas comunes devengadas durante el período comprendido entre la sentencia de quiebra y la toma de posesión, debe considerarse como gasto del concurso (LCyQ: 244).

  3. Se rechaza el recurso de fs. 931, con costas a la vencida (arts. 68 y 69, CPCCN).

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n°

    31/11 y 38/13 CSJN, y a la Sra. Fiscal de Cámara, conforme Acordada n° 23/17 Fecha de firma: 20/09/2017 Alta en sistema: 21/09/2017 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    1. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA...

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