Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 27 de Diciembre de 2023, expediente FRE 009187/2023/1/CA003

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 9187/2023/1/CA3,

caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE MOLINAS,

L.D. POR INFRACCIÓN LEY 22.415”, proveniente del Juzgado Federal Nº 2 de Formosa, del que;

RESULTA:

  1. Que vuelven los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Oficial –en representación de L.D.M.- contra la resolución que denegó la excarcelación del nombrado.

  2. Es de recordar que esta Alzada resolvió oportunamente hacer lugar parcialmente al recurso intentado por la Defensa,

    remitiendo el presente incidente a los fines de que la Magistrada ordene la realización de un nuevo informe socioambiental, y proceda a dictar un nuevo pronunciamiento.

    Realizado el mismo, la Juzgadora advierte del informe aludido,

    no sólo que el imputado no reside en dicho lugar por cuanto únicamente pernoctó algunas noches en el mismo, sino que -además-

    el entrevistado (S.M.) refirió su disconformidad sobre la convivencia con M. y que éste haya mencionado su domicilio como referencia.

    Respecto al informe socioambiental incorporado por la Defensa Pública Oficial en el presunto domicilio de los padres del encartado (no coincidente con el brindado por M., tampoco se avizora que el nombrado viva en el mismo.

    En consecuencia, la Jueza tuvo por corroborado con ambos informes, que M. no posee un domicilio de radicación certero, ya que en el domicilio de su amigo M. no vive sino que su concurrencia resulta esporádica, y en el domicilio que manifiesta la Piense Antes De Imprimir. Ahorrar Papel Es Cuidar El Medioambiente Fecha de firma: 27/12/2023

    Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Defensa hace muchos años que no se encuentra, habiendo incluso fallecido su padre.

    Por ello, entiende que existen riesgos procesales en caso que recupere la libertad, por cuanto no se puede saber con exactitud el lugar donde pueda ser localizado, pudiendo de esta manera evadirse del proceso perjudicando la continuidad de la instrucción. Concluye rechazando el beneficio solicitado.

  3. Contra lo resuelto la Defensa Pública Oficial interpone recurso de apelación.

    Alega que la Juzgadora no tuvo presente que en los diversos informes se indica que M. es un ciudadano conocido y con arraigo en Clorinda, lo cual manifestó en su declaración indagatoria oportunamente, como así también que expuso vivir prácticamente en situación de calle. A ello agrega que su defendido no realizó ningún acto para entorpecer la investigación.

    Considera que no contar con un domicilio fijo propio no es óbice para la concesión de la excarcelación por cuanto dicho impedimento se salva con la imposición del compromiso de presentarse mensual o quincenalmente ante las autoridades policiales de Clorinda, todo ello en virtud del principio pro homine.

  4. Concedido el remedio procesal intentado, se radican las actuaciones ante esta Alzada.

    Habiéndose cumplimentado con el pertinente trámite de ley, se fija audiencia oral virtual, la cual tuvo lugar el 26 de diciembre próximo pasado a través de la plataforma “Z.. Estuvieron conectados en la ocasión los representantes del Ministerio Público de la Defensa, D..

    G.J.M. y R.M.C., como la Fiscal General S., Dra. M.S.L., quienes a su turno hicieron uso de la palabra en los términos establecidos en la normativa legal.

    En dicha ocasión, el Dr. M. expresó que conforme lo resuelto por esta Cámara en fecha 6/12/2023, se dispuso la realización de un nuevo informe socio ambiental respecto de su defendido, del que surgió que no vive en ninguno de los domicilios mencionados,

    Piense Antes De Imprimir. Ahorrar Papel Es Cuidar El Medioambiente Fecha de firma: 27/12/2023

    Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

    encontrándose actualmente en situación de calle. De tal modo,

    considera que ante esta situación, debe imponerse otra medida a efectos de efectivizar la comparencia del nombrado al proceso penal,

    considerando la obligatoriedad de presentarse a una comisaría o al Juzgado Federal de manera periódica, pudiendo obtener su libertad,

    adaptándose a la normativa impuesta.

    Por su parte, la Dra. C. mencionó que desde el inicio de la causa, al momento en que M. brindó declaración indagatoria,

    explicó cuál era su condición respecto al lugar donde vivía, teniendo arraigo en la ciudad de Clorinda, pero que por sus circunstancias no puede compartir el hogar con su familia. Asimismo señaló que tiene a su amigo, quien dijo conocerlo más allá de que no conviva con él. A ello suma que la situación fue evaluada anteriormente por el Sr. Fiscal de la anterior instancia, quien dictaminó de manera positiva respecto al beneficio de la prisión domiciliaria. Por otra parte, señala que el lugar donde actualmente se encuentra recluido tiene características muy precarias. Concluye en que, al existir otras alternativas menos lesivas a la prisión preventiva, no considera la necesidad de que M. se encuentre privado de su libertad.

    A su turno la representante del Ministerio Público Fiscal expresó

    su intención de adherir parcialmente al recurso impetrado. Señala que anteriormente fue solicitado que se resuelva la situación respecto al domicilio del encausado, siendo que ello fue una condición impuesta por el Fiscal de Primera Instancia a los fines de otorgar el beneficio excarcelatorio. De tal manera, de los informes socio ambientales...

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